Disposición N° 116/DGCACTYSV/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 116/DGCACTYSV/18
Buenos Aires, 17 de agosto de 2018
VISTO:
Las leyes N° 451, 1.217, 1.777, 2148, 5.688, los Decretos Nros. 498/08, 363/15,
141/16, 209/16, 119/18, la Resolución Conjunta N° 1/SECDES/16, Disposición N° 561-
DGCACTYSV-16, el Expediente EX 2016-10437795-MGEYA-SECDES y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley 451 se sancionó el Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de la
Ciudad de Buenos Aires, en cuyos puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 se regularon las
sanciones previstas para los supuestos de carga y descarga, estacionamiento o
detención prohibida y estacionamiento en áreas peatonales, respectivamente;
Que por ley N° 1.217 se aprobó el procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Ley 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada ley estableció que el Poder Ejecutivo designa una Autoridad de
aplicación del Código de Tránsito y Transporte, entre cuyas atribuciones se encuentra
la de estudiar y proponer normas y disposiciones que se relacionen con el tránsito y el
transporte urbano en todos sus aspectos, y cuando corresponda coordinar sus
acciones con otras áreas involucradas en el tema;
Que por ello, el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaria de Transporte como
autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, facultándola a definir y aplicar las políticas, requerir la colaboración, y
entender en la coordinación de las acciones de regulación y control del tránsito y
transporte con otras áreas, organismos descentralizados y de control del gobierno de
la Ciudad involucrados en la materia de su competencia;
Que por el Decreto 363/15 y sus modificatorios 141/16 y 119/18, se aprobó la
estructura orgánica y funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la actual Secretaria de Transporte del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, las competencias de la Ex.
Subsecretaria de Transporte;
Que la actual estructura del Poder Ejecutivo establece que la Dirección General del
Cuerpo de Agentes del Control de Tránsito y Seguridad Vial, depende orgánica y
funcionalmente de la Secretaria de Transporte;
Que por la Ley Nº 5.688, Sistema Integral de Seguridad Pública, a través de su
artículo 498, incisos 2 y 8, se determinan como funciones del Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la de
"ejercer el control del estacionamiento de la vía pública" y la de "coordinar su accionar
con los organismos de la administración central y descentralizada del Gobierno de la
Ciudad", respectivamente. Asimismo, por medio del artículo 499, inciso 2, del
mencionado plexo normativo, se faculta a esa autoridad de aplicación a "labrar actas
de comprobación de Infracciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1217";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5444 - 28/08/2018

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