Disposición Nº 1142/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 22 de Julio de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 6.751.544/2013, y la Disposición N° 549-DGIUR-2014, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada disposición se consideró aplicable desde el punto de vista
urbanístico, respecto del predio sito en la calle Núñez N° 2.464/66/68, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción 16, Sección 41, Manzana 161, Parcela 005, las normas de
completamiento de tejidos previstas en el Capítulo 4.10. "COMPLETAMIENTO DE
TEJIDOS", cuyas condiciones permiten encuadrarlo en el Tipo A "PARCELAS
FLANQUEADAS POR EDIFICIOS DE IGUAL ALTURA", del Código de Planeamiento
Urbano, si y sólo si se da cumplimiento a lo expresado en los considerandos de dicho
acto administrativo;
Que, en esta oportunidad los interesados manifiestan en nota adjunta en Informe
Gráfico IF-2015-10313763-DGIUR, que "Por causas ajenas a nuestra voluntad, no
pudimos cumplimentar la presentación ante los organismos pertinentes de toda la
documentación de obra, antes de los 180 días, según consta en el artículo 4 de la
presente disposición antes nombrada. Por lo tanto, solicitamos un nuevo estudio de la
parcela en cuestión. SE ACLARA QUE NO CAMBIAN LAS CONDICIONES DE LA
ANTERIOR DISPOSICION. El proyecto durante este lapso de tiempo ha sido ajustado
para su mejor disposición arquitectónica, pero sin alterar las condiciones del
anteriormente presentado.";
Que, el predio en cuestión, se encuentra afectado al Distrito C3I de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 texto ordenado Decreto N°
1.181-GCBA 2007 (BOCBA N° 2.772);
Que, en esta nueva intervención la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos
Urbanos analizó lo solicitado, indicando en el IF-2015-19115648-DGIUR que la
Disposición N° 549-DGIUR-2014 se ratifica en todos sus términos, toda vez que las
condiciones urbanísticas no se han modificado a la fecha;
Que, analizado el caso nuevamente desde un punto de vista urbanístico, y de acuerdo
con la documentación adjunta, se informa que se trata de una parcela, que pertenece
a la manzana circunscripta por la Avenida Cabildo y las calles Juana Azurduy, Ciudad
de la Paz y Núñez;
Que, se trata de la Parcela 5; la cual...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba