Disposición N° 1138/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.º 1138/DGCYC/19
Buenos Aires, 31 de octubre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017), el Expediente
Electrónico Nº 33257005-MGEYA-DGCYC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N°2298808-MGEYA-DGCYC-2018 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0032-LPU18, para la
"adquisición de Electrodomésticos" con destino a las dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma DATANDHOME SUPPLIER S.A.;
Que el convenio marco rige a partir del 28 de julio de 2018 con una vigencia de doce
(12) meses (PV-2018-21721660-DGCYC). Posteriormente, mediante Resolución N°
3000/MEFGC/19 fue prorrogado por el mismo plazo a partir del 28/07/19;
Que la Dirección General Administración de Recursos dependiente del Ministerio de
Educación e Innovación emitió la Orden de Compra N° 8002-15698-OC19 a favor de la
firma antes citada para la "adquisición de Electrodomésticos", la que fue perfeccionada
con fecha 04/10/19;
Que la Dependencia citada precedentemente solicitó mediante Nota N° 32462502-
GCABA-DGAR-2019 del día 18/10/2019, que se lleve a cabo la anulación de la Orden
de Compra N° 8002-15698-OC19. El motivo de la solicitud obedece a que la afirma
alude que no podrá proceder a la entrega del producto adquirido por no contar con
stock disponible;
Que comunicación recpcionada originó el Expediente Electrónico Nº 33257005-
MGEYA-DGCYC-2019, por el que tramita el procedimiento de rescisión y aplicación de
penalidades.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9° -Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Rescíndase la Orden de Compra N° 8002-15698-OC19 - Proceso de
Compra N° 623-0032-LPU18- adjudicada a la empresa DATANDHOME SUPPLIER
S.A. - CUIT Nº 30-70806550-8 domiciliada en la calle TRONADOR 4890-P.N°9-
DEPTO NORTE de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - por un monto de PESOS
UN MILLON VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SETENTA Y
TRES CENTAVOS ($1.026.235,73), al amparo de los Articulas 131°-Rescision por
culpa del contratante-Incumplimiento del Contrato- y 135° -Rescisión total o parcial -
de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS CIENTO DOS MIL
SEISCIENTOS VEINTITRES CON CINCUENTA Y SEITE CENTAVOS ($ 102.623,57),
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5736 - 06/11/2019

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