Disposición Nº 113/GCABA/DGFYC/15

FirmantesIannella - Alonso - Chapar
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Fiscalización y Control
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2015

VISTO:

El Expediente N° 2040335/211 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-

GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2- GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución

02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la

Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005

(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la

Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N ° 2137/07; y

CONSIDERANDO:

Que, se presenta el Señor Gustavo Ariel Cociña en su carácter de Presidente de

INDRI S.A. solicita la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares

Bailables, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/2005, del local ubicado en Honduras N° 5445 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que desarrolla la actividad con nombre de fantasía "ROSEBAR";

Que, de acuerdo a la documentación agregada por el interesado, el local posee

habilitación otorgada por Expediente N° 847785/2011, para desarrollar la actividad de

"local de baile clase "C" y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares

Bailables bajo el N° 130/11 por Disposición Conjunta N° 139/DGHP-DGFyC-

DGFyCO/11, de fecha 29 de noviembre de 2011, otorgándose una capacidad máxima

para funcionar de un mil trescientos setenta (1370) personas;

Que, mediante Disposición Conjunta N° 151/12 de fecha 28 de noviembre de 2012,

Disposición Conjunta N° 181/13 de fecha 26 de noviembre de 2013 y Disposiciòn

N°127/14 de fecha 28 de noviembre de 2014 se renovó la inscripción ante el Registro

Público de Lugares Bailables por el término de (1) año;

Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo

establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;

Que, la Gerencia y Subgerencia Registro Público de Lugares Bailables evaluaron la

documentación presentada por la solicitante, y del análisis efectuado se desprende

que la peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6°

del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los

fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables.

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 y por Ley N° 2624/2007, promulgada por

Decreto N° 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR...

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