Disposición N° 112-DGCYC/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 112/DGCYC/18
Buenos Aires, 24 de enero de 2018
VISTO:
El Expediente Electrónico Nº 2017-25275111-MGEYA-HGAP, T.S. Nº 724-2-17,
referente al incumplimiento contractual incurrido por la firma CENTRO DE SERVICIOS
HOSPITALARIOS S.A., en virtud de la Orden de Compra Nº 425-4941-OC16, por la
cual se tramitó la adquisición de carros para paro cardíaco, destinados a distintos
servicios del Hospital General de Agudos "José María Penna" dependiente del
Ministerio de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección del Hospital mencionado, mediante el acto administrativo N° DI-2016-
450-HGAP, notificado por Cédula de Notificación S/N en fecha 21/10/2016, se le
aplicaron a la firma adjudicataria las penalidades reglamentarias correspondientes a la
mora en la entrega, por un importe de Pesos Tres Mil Novecientos Cuarenta y Ocho ($
3.948,00), conforme lo previsto por la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
de Buenos Aires N° 2.095 (Texto consolidado por Ley 5.666) y su Decreto
reglamentario;
Que dicho acto administrativo fue notificado oportunamente conforme Artículos 62.-
Diligenciamiento y 63.- Forma de las notificaciones, de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley Nº
5.666);
Que según consta en los obrantes, la contratista interpuso recurso de reconsideración
en el cual expresa: "... esto fue un caso excepcional ajeno a nuestra voluntad ya que el
carro mencionado no pertenecía a nuestra fabricación por las características
solicitadas y tuvimos que recurrir a un tercero...", "...adjuntamos nota de descargo del
fabricante ante nuestros continuos reclamos...";
Que mediante Disposición N° DI-2016-477-HGAP, notificada por cédula de notificación
S/N en fecha 31/10/2016, el Director del Hospital en su carácter de titular de la Unidad
Operativa de Adquisiciones no hace lugar al recurso presentado y dispone:
"Ratifíquese en todos sus términos la DI-2016-450-HGAP, desestimándose el recurso
de reconsideración interpuesto por la firma CENTRO DE SERVICIOS
HOSPITALARIOS S.A.";
Que la Procuración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la
intervención que le compete y en su Dictamen Jurídico manifiesta: "... podrá emitirse el
Acto Administrativo, que desestime el recurso jerárquico deducido en subsidio por la
empresa..." y eleva la actuación a la Subsecretaría de Administración del Sistema de
Salud para que de intervención a la señora Ministra de Salud;
Que mediante Resolución N° 2017-1145-MSGC, la Ministra de Salud resuelve:
"Desestimase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la empresa CENTRO
DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. contra la DI-450-HGAP-2016, por la cual se le
aplicara una multa...";
Que cumplidos los términos legales, la penalidad aplicada adoptó firmeza;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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