Disposición N° 11/EHU/21

EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 11/EHU/21
Buenos Aires, 17 de marzo de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 462, 471 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), 6.025 y
6.292, los Decretos Nros. 684-GCBA/09, 335-GCBA/11, 571-GCBA/11, 463-AJG/19 y
49-GCABA/21, las Disposiciones N° 112-EHU/11 y N° 99-EHU/14, el Expediente
Electrónico N° 08293841-EHU/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 471 se sancionó la Ley de Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de Ley N° 6.292 se establecieron los Ministerios que forman parte del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 10 de diciembre de
2019, incluyendo entre ellos, al Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio de
Espacio Público e Higiene Urbana;
Que, mediante la Ley N° 462 se creó el Ente de Higiene Urbana, con carácter
descentralizado previéndose entre sus principales funciones la planificación y
ejecución de la recolección de residuos y el barrido e higiene de la denominada Zona
V de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese sentido, el artículo 5 Inc. “D” y “F” de la citada Ley contempla dentro de las
facultades del Director General de dicho organismo la de “Administrar, evaluar,
capacitar, reubicar y reordenar al personal que se le asigne, a fin de permitir lograr
niveles de eficiencia y eficacia en la prestación del servicio.” y “Aprobar su estructura
organizativa y dictar el reglamento operativo interno”;
Que mediante el Decreto N° 463-AJG/2019, se aprobó la nueva estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyéndose
en ella al Ente de Higiene Urbana dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana
del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° del citado decreto, los cargos del
Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2019 permanecerán vigentes
hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada
jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones
de designaciones de personal conforme lo previsto en el artículo 4 del mentado
Decreto;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su
duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6088 - 30/03/2021

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