Disposición N° 11/DGRYGIEG/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 11/DGRYGIEG/22
Buenos Aires, 31 de enero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.347) y N° 6.292 (texto
consolidado en Ley N ° 6.347); el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el
Decreto N° 74/GCABA/21; las Resoluciones N° 355-MJGGC/2016 y N° 304-
MJGGC/2019, la Disposición N° 78-DGRYGIEG/21, el Expediente Electrónico N° EX-
2016-14905940-MGEYA-SECDES, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó el contrato de
sublocación administrativa respecto del Sector del primer piso del Centro Comercial
denominado "SHOPPING SPINETTO", de una superficie aproximada de mil
cuatrocientos treinta y tres con 83/100 metros cuadrados (1.433,83 m2) según el plano
que como Anexo 1 forma parte de dicho contrato, incluyendo el permiso de uso de
cuatro (4) cocheras, pertenecientes al inmueble situado en la manzana comprendida
por las calles Matheu, Alsina, Pichincha y Moreno con todo lo edificado y sus
instalaciones, y el edificio anexo con acceso por las calles Alsina 2440, Matheu 251 y
Moreno 2431/37 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino al
funcionamiento de oficinas administrativas de la Comuna 3 y la Unidad de Atención
Ciudadana (UAC 3) dependiente de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante la Resolución N° 304-MJGGC/2019 se aprobó la prórroga del Contrato
de Sublocación Administrativa del sector del inmueble en cuestión, por un período de
treinta y seis (36) meses contados a partir del día 1 de julio de 2019, venciendo por
consiguiente el día 30 de junio de 2022;
Que en la cláusula segunda de la mencionada prórroga del contrato se acordó el valor
del canon locativo mensual para el primer año, conviniendo que para los posteriores
años las partes fijarán nuevos valores previa tasación del Banco Ciudad de Buenos
Aires;
Que mediante la Disposición N° 78-DGRYGIEG/21 se aprobó el canon locativo a
abonarse durante el segundo año de la prórroga del contrato de sublocación
mencionado;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse durante el tercer año y de
conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 74/21, artículo 28 inc. 12º pto. f) del
Anexo I, que reglamenta la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se requirió
al Banco Ciudad de Buenos Aires la tasación pertinente;
Que se consensuó con la sublocadora el canon locativo total para el tercer año de
prórroga del contrato en PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL
($6.240.000.-), pagadero en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de
PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($520.000) cada una;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
dictar el acto administrativo que apruebe la Adenda por la cual se establece el monto
del valor locativo para el periodo referido.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6310 - 02/02/2022

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