Disposición N° 108/DGTALMDHYHGC/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 108/DGTALMDHYHGC/21
Buenos Aires, 2 de agosto de 2021
VISTO: La Ley Nº 2095 (TC Ley N° 6347) y su Decreto reglamentario N° 74/21; la
Disposición N° 167-DGCYC-2021, la Disposición N° 76-DGTALMDHYHGC-2021 y el
E.E. 2021-09264249-DGTALMDHYHGC, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada tramita la Licitación Pública 7411-0381-LPU21 para
la adquisición de camas solicitados por la Subsecretaría de Asistencia y Cuidado
Inmediato, por la Subsecretaria de Fortalecimiento Personal Familiar y Comunitario y
por la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 75-DGTALMDHYHGC-2021 se adjudicó el objeto de la
presente licitación a favor de la firma IVAN EZEQUIEL ARDIZON por un monto total de
PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE ($ 4.760.499.-);
Que el referido proceso fue creado bajo la modalidad de orden de compra abierta por
un plazo de ocho (8) meses a partir del perfeccionamiento del documento contractual;
Que, habiéndose consumido el monto provisto oportunamente y a los efectos de
garantizar el correcto y oportuno abastecimiento de los insumos adquiridos, resulta
conveniente incrementar la Orden de Compra Abierta N° 7411- 0115-OCA21;
Que, al respecto cabe destacar que, la Procuración General del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, mediante Dictamen Jurídico N° IF-2019-15596926-
GCABA-PGAAFRE, y en lo que respecta al régimen de Orden de Compra Abierta
particularmente, sostuvo que “atento a que el importe de la Orden de Compra Abierta
se vincula con el crédito presupuestario, el mismo sólo se establece en forma
aproximada, por lo que no es de aplicación el inc. I) art. 119 de la Ley N° 2095 (texto
consolidado por Ley N° 6017). Tal como se desprende del análisis efectuado, la Orden
de Compra Abierta se encontraría acotada por un límite temporal (plazo de vigencia
del contrato) y un límite cuantitativo (crédito del monto de la partida presupuestaria del
ejercicio de que se trate)”;
Que el incremento que se propicia realizar a la Orden de Compra Abierta N°7411-
0115-OCA21, representa la suma adicional de PESOS SIETE MILLONES
DOSCIENTOS VEINTE MIL ($ 7.220.000.-);
Que la mencionada Orden de Compra Abierta se encuentra vigente, contando
asimismo esta repartición con crédito suficiente en la partida presupuestaria
correspondiente al proceso de referencia;
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2095 y por el Decreto Reglamentario N°
74/21;
LA DIRECTORA GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6187 - 05/08/2021

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