Disposición N° 106-DGTALINF/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 106/DGTALINF/18
Buenos Aires, 27 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto Reglamentario
326/GCABA/17, la Disposición N° 1274/DGCYC/17, el Expediente Electrónico Nº
9187757-MGEYA-ASINF-2.018, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la "Provisión del Servicio de Acceso a
Internet de 10Gbps de ancho de banda para el Centro Cívico de Parque Patricios sito
en Uspallata 3160";
Que mediante Nota N° 07271655-DGIASINF-2018, el Director General de
Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información, solicitó realizar la
contratación mencionada ut-supra;
Que al respecto dejó constancia que mediante el Expediente Electrónico Nº
11095407/MGEYA/ASINF/2017, se adjudicó el vínculo principal, a la empresa
Telefónica de Argentina S.A.;
Que en este sentido, manifestó que la adquisición de un segundo vínculo tiene por
finalidad lograr la redundancia que permitirá continuar manteniendo el servicio de
internet ante una caída del vínculo principal contratado a Telefónica de Argentina S.A.;
Que por ello informó que la presente encuentra su fundamento en la necesidad de
contar con un enlace de contingencia en caso de falla del enlace principal, por lo que
resulta necesario que la modalidad contractual sea Contratación Directa por
Exclusividad con la empresa Telefónica de Argentina S.A.;
Que asimismo, agregó que dicha contratación tiene por finalidad establecer
conexiones a Internet que garanticen al GCABA el acceso a todos los recursos,
servicios y contenidos de Internet en condiciones óptimas en cuanto a calidad de
servicio y disponibilidad del recurso;
Que por ultimo informó que el presupuesto TOTAL es de PESOS CATORCE
MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS con 00/100
($14.392.800,00.-) I.V.A. incluido ejecutable en los ejercicios 2018, 2019 y 2020;
Que el presente llamado a Contratación Directa por Exclusividad, se regirá por lo
normado en el artículo N° 28 inc. 5 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
5.666), y el Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17;
Que el artículo 28 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), establece
que: "La contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor,
debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la
autoridad competente que la invoca, sólo en los casos que a continuación se
mencionan: ... 5) "Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o
distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no
hubiese sustitutos convenientes";
Que por Disposición Nº 1274/DGCyC/17 el Director General de Compras y
Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas
por el artículo 87 de la Ley Nº 2.095 (Texto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5350 - 10/04/2018

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