Disposición N° 1054/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1054/DGIUR/18
Buenos Aires, 16 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 11.327.170/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista De artículos personales y para regalos"; De
productos alimenticios envasados"; "De bebidas en general envasadas" y "Comercio
minorista-Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle Defensa Nº 869 Planta Baja,
con una superficie a habilitar de 41,50 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3b del Distrito APH 1 “San Telmo“ de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
19197779-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 .del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos
en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 3b;
Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio minorista de Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se
opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y
cigarrería" y "Comercio minorista de Textiles, pieles, cueros, artículos personales del
hogar y afines - Regalos." resulta Permitido hasta 100m2 y "Quiosco" Con la referencia
"P" Permitido en el distrito (con la prohibición de venta de bebidas alcohólicas);
Que se visa Toldo presentado en RE-2018-11327162-SSREGIC en Orden Nº 13 y RE-
2018-11327163-SSREGIC en Orden 14, toda vez que cumplimenta con la normativa;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio minorista De artículos personales y para regalos"; De productos
alimenticios envasados"; "De bebidas en general envasadas" y "Comercio minorista-
Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle Defensa Nº 869 Planta Baja, con una
superficie a habilitar de 41,50 m², (Cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta
decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Visase el Esquema de Toldo obrante en RE-2018-11327163-SSREGIC en
Orden 14, ya que cumplimenta la normativa en la materia.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5419 - 23/07/2018

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