Disposición N° 1052/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1052/DGIUR/18
Buenos Aires, 16 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 17.056.327/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad y
Toldo, para el inmueble sito en la Av. Rivadavia Nº 2300 Sótano, Planta Baja. UF Nº 1,
y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito C3 - 1 y se encuentra
Catalogado con Nivel de Protección "Cautelar", según Resolución Nº 593-SECPLAN-
14 de fecha 23/12/2014;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
19198220-DGIUR-2018, indica que el esquema de publicidad y toldo obrante a Plano-
2018-17056287-SSREGIC con Nº de orden 12 y Plano-2018-18598863-SSREGIC con
Nº de orden 37, cumplimentan la normativa en la materia, establecida en el Código de
Planeamiento Urbano, se considera que no existen inconvenientes en acceder a su
visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad y Toldo, obrante a Plano-2018-17056287-SSREGIC con Nº de orden 12 y
Plano-2018-18598863-SSREGIC con Nº de orden 37, para el inmueble sito en la Av.
Rivadavia Nº 2300 Sótano, Planta Baja. UF Nº 1, debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad y Toldo obrante a Plano-2018-17056287-SSREGIC y Plano-
2018-18598863-SSREGIC al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5419 - 23/07/2018

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