Disposición Nº 1051/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 14.343.346/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Autoservicio de productos alimenticios; Autoservicio de productos
no alimenticios", para el inmueble sito en la Av. Avellaneda N° 848/56/58, con una
superficie a habilitar de 1252,60m2, y
CONSIDERANDO:
Que la parcela que nos ocupa se encuentra localizada en el Distrito R2aII de
zonificación General del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
15728335-DGIUR-2017, indica que la actividad solicitada se encuentra referenciada
con el Numeral C en el distrito. Por ACUERDO N° 545CAPU/2001 5.5.1.3 Comercio
Minorista
Se considerará razonable condicionar la autorización de los.
usos "Autoservicio de productos alimenticios", "Autoservicio de productos no
alimenticios", "Supermercado" y "Supermercado total" al cumplimiento de las
siguientes pautas:
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Carga y Descarga:
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En general:
El área destinada a carga y descarga deberá cumplir con las superficies mínimas
especificadas en el Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano y su
conformación admitirá el ingreso de vehículos del porte consignado en el Anexo "R"
del Decreto N° 779/1995 y N° 79/1998 reglamentarios de la Ley Nacional de Tránsito
N° 24.449, autorizados según la categorización de la vía de acceso de la Red de
Tránsito Pesado aprobada por la Ley N° 216/1999 de la Ciudad de Buenos Aires.
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Reparto a domicilio (Delivery):
Se prohíbe el estacionamiento, carga y descarga, detención o espera de los vehículos
destinados al reparto a domicilio (Delivery), a nivel, en la vereda, y en el retiro de
frente requerido en el punto 2. El cumplimiento de esta prohibición debe garantizarse
por medio de un diseño de los accesos a nivel de la vereda y que no se realice rebajo
alguno del cordón de la misma.
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Las operaciones de alistamiento y la entrada y salida de vehículos de reparto a
domicilio no debe obstaculizar el acceso y egreso de personas. A tales efectos se lo
localizará con los módulos de carga y descarga, si estos existieran.
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Se deberá disponer la colocación de sendos carteles, de buen diseño gráfico y alta
visibilidad desde la vía pública, con los horarios de carga y descarga de mercaderías y
el tipo de vehículo autorizado para tal fin a los efectos de facilitar el control.
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F.O.S.:
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Criterio general:
A los efectos de atenuar los impactos negativos del desarrollo del uso sobre la vía
pública se materializará una zona de transición...
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