Disposición N° 105/DGRC/21

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 105/DGRC/21
Buenos Aires, 3 de mayo de 2021
VISTO: La Ley Nacional 26.413, el Decreto CABA 463/2019 y complementarios, la
Disposición N° 18/DGRC/18, la DI-59-2021-DGRC, la Nota NO-2021-13056070-
GCABA-DGRC, el EX-2020-10848592-GCABA-DGRC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General;
Que el Decreto CABA 463/2019 establece la estructura orgánica del Ministerio de
Gobierno y de la Dirección Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas;
Que de las normas precedentes, se infiere que el legislador le otorgó a cada
jurisdicción territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de
discrecionalidad organizacional;
Que la Disposición N° 59/2021/DGRC, dispuso en su artículo 1° autorizar la inscripción
de oficio de los nacimientos ocurridos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2020, de conformidad
con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 26.413 y artículo 1° del Anexo de la
Disposición N° 18/DGRC/18.
Que la situación epidemiológica de público conocimiento persiste, razón por la cual
resulta necesario establecer la prórroga a los efectos del artículo 1° de la Disposición
antes citada;
Que por NO-2021-13056070-GCABA-DGRC, el Director General del Registro del
Estado Civil y Capacidad de las Personas solicita la proyección de una Disposición a
los efectos de prorrogar los plazos establecidos en el artículo 1° de la DI
59/2021/DGRC en cuanto al levantamiento de oficio de los nacimientos fuera de
termino, por los meses de abril, mayo y junio";
Que la medida administrativa objeto de evaluación, se enmarca dentro de la lógica que
los trámites administrativos deben ser facilitadores de los derechos en cabeza de los
ciudadanos y no un obstáculo burocrático, teñido de obsoletas e innecesarias
exigencias, que atentan contra el adecuado acceso al ejercicio de los derechos;
Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que le corresponde de su
competencia.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO
DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
DISPONE
Artículo 1°.- Prorrógase la autorización para la inscripción de oficio de los nacimientos
ocurridos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada en el
artículo 1° de la Disposición N° 59/2021/DGRC en relación a los meses de abril, mayo
y junio 2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 26.413 y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6122 - 12/05/2021

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