Disposición N° 1042/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición24 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1042/DGIUR/18
Buenos Aires, 10 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 18.320.886/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Restaurant-Cantina; Café-bar; Despacho de bebidas, whiskería,
cervecería" para el inmueble sito en la Av. Martín García Nº 495 Subsuelo, Planta Baja
esq. Bolívar Nº1894, con una superficie a habilitar de 626,00 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d del Distrito APH 1 "San Telmo- Av.
de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel
de Protección Estructural;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
19059462-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1, los usos
solicitados, están comprendidos en los usos consignados, en SERVICIOS
TERCIARIOS, dentro de la clase (A), de la descripción :SERVICIOS PARA LA
VIVIENDA Y SUS OCUPANTES; como : "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos
(602010/20/21/3) permitido en la Zona 5e, del APH1 y en "Alimentación en general,
restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería (602000/40/50/60/70)" se encuentran
permitidos en la zona 5e del APH1 "San Telmo- Av. de Mayo" y afectado por la
referencia 26 de estacionamiento, (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la
superficie total construida);
Que se visan los usos solicitados "Restaurant-Cantina, Despacho de bebidas,
whiskería, cervecería; Café- bar" para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 347 PB-
EP, superficie a habilitar de 626m2, por estar permitidos en la zona 5e del APH1"San
Telmo- Av. de Mayo". Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los
mismos;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Restaurant-Cantina; Café-bar; Despacho de bebidas, whiskería, cervecería"
para el inmueble sito en la Av. Martín García Nº 495 Subsuelo, Planta Baja esq.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5420 - 24/07/2018

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