Disposición Nº 104/GCABA/DGRC/17

FirmantesCordeiro
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

VISTO:

la Ley Nacional N° 26.413, el Decreto GCABA 310/2017, la Disposición DI-2017-16-

DGRC, la Disposición DI-2017-85-DGRC, la Disposición DI-2017-88-DGRC, la NO-

2017-23479304-DGRC y la NO-2017-23663122-DGRC ;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.413, establece en su artículo 2 que "El Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General, el que

deberá poseer título de abogado";

Que del mencionado artículo, se infiere que el legislador le otorgó a cada jurisdicción

territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de

discrecionalidad organizacional;

Que el Decreto GCABA 310/2017, establece la estructura orgánica del Ministerio de

Gobierno y del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas;

Que por Disposición DI-2017-16-DGRC de este ente registral, se facultó a

determinado personal administrativo de planta permanente de este Registro del

Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires, a que

procedan a la certificación de las fotocopias de las partidas registradas en esta

jurisdicción;

Que en el artículo 2° del citado acto administrativo, estableció que las futuras nóminas

de personal facultado para certificar fotocopias de partidas registradas en esta

jurisdicción, o modificaciones en las mismas, sean propuestas exclusivamente por la

Gerencia Operativa Documentación (hoy Gerencia Operativa Documentación y

Cercanía con el Ciudadano), por la Gerencia Operativa Registración (hoy Gerencia

Operativa Registración e Inscripciones) o por la Gerencia Operativa Archivo (hoy

Gerencia Operativa Archivo y Soporte Administrativo), para luego ser autorizados

mediante una adenda de la presente;

Que por Disposición DI-2017-88-DGRC, se dispuso autorizar la implementación del

Procedimiento de Inscripción de Nacimientos, en todas las delegaciones hospitalarias

y sedes del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas ubicadas en

establecimientos médico-asistenciales públicos y privados de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que el procedimiento aprobado por la disposición señalada en el párrafo anterior,

implica necesariamente tener que contar con mayor dotación de personal

administrativo, para el debido cumplimiento...

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