Disposición N° 1039/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1039/DGIUR/18
Buenos Aires, 6 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 17.855.459/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para
el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1290, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el la Zona 2 del Distrito APH 50 "Av.
Callao" y no se encuentra Catalogado;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
18804181-DGIUR-2018, indica que el esquema de publicidad correspondiente a la
actuación RE-2018-17855439-SSREGIC (obrante a Nº 5 de orden) y las fotografías
del Relevamiento Fotográfico (obrante a Nº 8 de orden) cumplimentan la normativa en
la materia establecida en el inciso c) Publicidad del parágrafo 4.1.2.2.1 Normas
Generales del Distrito APH50 - Avenida Callao, se considera que no existen
inconvenientes en acceder a lo solicitado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad, obrante a RE-2018-17855439-SSREGIC (obrante a Nº 5 de orden), para el
inmueble sito en la Av. Callao Nº 1290, debiendo cumplir con toda la normativa vigente
que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a RE-2018-17855439-SSREGIC al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5419 - 23/07/2018

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