Disposición N° 1012/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 1012/DGCYC/19
Buenos Aires, 2 de octubre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 168/19, el Expediente Electrónico N° 23928841/GCABA/DGCYC/19,
y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Tóner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado
por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18
(PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM N° 623-76-CM18;
Que la Dirección General de Infraestructura Gubernamental Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte emitió la Orden de Compra N° 9052-3182-OC19 a favor de CPT
INTEGRAL S.A. (IF-2019-24013713- DGCYC);
Que dicha Dirección General solicita mediante Nota N° NO-2019-23354596-GCABA-
DGIGUB, la rescisión de la Orden de Compra ya que la empresa por medio de un
correo electrónico, informo que están imposibilitados a realizar la entrega de los
elementos que ampara la Orden de Compra antes citada;
Que asimismo en dicho correo hace referencia a reiterados inconvenientes en la
implementación del Acuerdo Marco y que han enviado varias notas y que a la fecha no
han tenido respuesta a ninguna de las notas presentadas (IF-2019-24391123-GCABA-
DGCYC);
Que al respecto se señala que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta
Dirección General diferentes presentaciones (RE-2018927542819-DGCYC, RE-2018-
32840543-DGCYC y RE-2018-32854029-DGCYC), las que dieron lugar al Expediente
Electrónico N° EX-18934897/MGEYA-DGCYC/2019, por el cual se solicitó a la
Procuración General su intervención como Órgano Legal para que se efectúe el
pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la empresa;
Que la Procuración General se pronunció (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notificado a la adjudicataria en fecha 01/04/19 mediante Cedula de Notificación N°
478-03-19 (PV-2019-10561915-DGCYC);
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 2019-
23928841-GCABA-DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la
Orden de Compra N° 9052-3182-OC19 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que a raíz del incumplimiento se dictó la Disposición N° 799/DGCYC/2019 de fecha 8
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5778 - 13/01/2020

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