Disposición Nº 100/GCABA/DGLBYPL/17

FirmantesMartínez
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y PROMOCIÓN DE LA LECTURA

VISTO:

La Ley N° 2.095, el Decreto N° 433/16, la Disposición N° 49/DGC/08 y el Expediente

Electrónico N° 2017-13631929-MGEYA-DGLBYPL; y

CONSIDERANDO:

Que en atención a la liquidación de expensas presentada por la Administradora

Claudia Susana Fernández correspondiente a la Biblioteca "Canònigo Luis J.

Chorroarìn" sita en Soldado de la Frontera N°5059,Lc.4,5 y 6 del Edificio N° 23 y Lc. 1,

2 y 3 del Edificio N° 111 del "Barrio General Manuel Savio" y luego de analizada la

misma y consultado nuestros registros se desprende que ciertos períodos se

encuentran impagos, por lo que corresponde procede a la aprobación del gasto

tendiente a ser frente a dicha erogación;

Que con respecto a los locales 4, 5 y 6 del Edificio N° 23 se observa que no se han

abonado las expensas de los períodos enero 2016 por expensas ordinarias $ 1950 y

por expensas extraordinarias $ 90, febrero 2016 por expensas ordinarias $ 1950 y por

expensas extraordinarias $ 75, marzo 2016 por expensas ordinarias $ 1950 y por

expensas extraordinarias $ 75, abril 2016 por expensas ordinarias $ 1950 y por

expensas extraordinarias $ 75, junio 2016 por expensas ordinarias $ 1950 y por

expensas extraordinarias $ 75 y julio 2016 por expensas ordinarias $ 2700 y por

expensas extraordinarias $ 75;

Que el total impago por los mencionados locales es de $ 12450,00 por expensas

ordinarias y $ 465,00 por expensas extraordinarias arrojando un monto total de $

12.915,00 (PESOS DOCE MIL NOVESCIENTOS QUINCE);

Que asimismo, en relación a los locales 1, 2 y 3 del Edificio N° 111 se desprende que

no se han abonado las expensas ordinarias de los períodos enero 2016, febrero 2016,

marzo 2016, abril 2016, junio 2016 y julio 2016 por un monto de $ 2982,00 cada una;

Que el total impago por los mencionados locales por expensas ordinarias asciende a

la suma de $ 17.892,00 (PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y

DOS);

Que el servicio ha sido debidamente cumplimentado por lo que corresponde la

aprobación del gasto incurrido y habilitar los canales administrativos pertinentes para

hacer efectivo el pago;

Que a fin de evitar que su dilación implique el pago de recargos, intereses y cargos por

mora resulta necesario aprobar el gasto por los servicios mencionados mediante lo

establecido en el Decreto N° 433-GCBA-16;

Que, el presente servicio fue brindado...

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