Disposición Nº 10/GCABA/HBR/17

FirmantesMaiorano - Fernández Rostello
EmisorHospital Bernardino Rivadavia

VISTO

el Expediente Electrónico N° 2.988.595/2017-MGEYA-HBR, encuadrado en los

términos del Decreto 433/GCBA/2016 y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado decreto estableció un mecanismo para hacer frente a aquellos

gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios

esenciales que, por la celeridad con la que deben llevarse a cabo, no pudieran ser

gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de

compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de caja chica;

Que la necesidad de provisión de este insumo se halla justificada en la Solicitud N°

478/2016 por la Jefa del Servicio de Farmacia y Esterilización, ya que quedándose sin

stock confeccionó un pedido para un mes, a fin de no incurrir en abandono de paciente

y posteriormente, conforme a lo requerido, confeccionó el pedido anual

correspondiente;

Que el pedido anual se encuentra demorado por cuestiones ajenas a esta repartición,

ya que fue necesario solicitar cambios de catálogo (por presentar la anteúltima serie

triple cero y encontrarse en estado "sin clasificar"), y actualmente se encuentra a la

espera de solución de un error de sistema (Ticket N° 65478);

Que como consecuencia de ello, se entendió que debía tramitarse su adquisición

conforme a lo dispuesto en el Decreto 433/GCBA/2016;

Que son insumos o servicios que no fueron provistos por la UPE-UOAC para este

período;

Que se solicitó presupuestar a la por lo menos tres empresas inscriptas en el RIUPP;

Que obra su correspondiente afectación presupuestaria en su etapa preventiva con

Solicitud de Gasto SIGAF N° 61667/2016;

Que la adquisición de este insumo cuya aprobación se gestiona corresponde a la

autorización N° 7 del mes de enero de 2017 que acumula el monto de PESOS

DOSCIENTOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 82/100 ($ 200.969,82)

no excediendo de las restricciones contenidas en el Anexo I, Apartado 4, del Decreto

433/2016; el cual se deduce del total mensual de PESOS SEISCIENTOS MIL ($

600.000.-) y quedando disponible un saldo de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y

NUEVE MIL TREINTA CON 18/100 ($ 399.030,18) para futuras adquisiciones;

Que, por Resolución N° 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A N° 2.714), el Ministro de Salud

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR