Disposición N° 1/UEEXAU3/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1/UEEXAU3/18
Buenos Aires, 19 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 3.396, el Decreto Nº359-GCBA-2010, la Resolución Nº SECPPLAN-910-
2011, el Decreto Nº 675-GCABA-2016, el Expediente Electrónico EX-2017-22288082-
MGEYA-UEEXAU3;
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Margarita Esteban, D.N.I. 4.880.838 fue declarada Beneficiaria de la Ley
Nº 3.396, conforme surge del Anexo III de la mencionada norma;
Que el régimen establecido por la Ley Nº 3.396 prevé en su Artículo 14, cuatro
alternativas de solución habitacional para aquellos grupos familiares cuya nómina obra
como Anexo III de la citada ley que, además, actualmente habitan el denominado
sector 5 de la traza de la EXAU3;
Que con fecha 4 de Agosto del año 2017, la Sra. Esteban Margarita ejerció el derecho
de opción que le concede la Ley 3.396 y, optó por la Alternativa "A" del artículo 14 de
la Ley 3.396, que dispone: "...Una prestación no reintegrable cuyo monto no será
superior a la $ 150.000 o setenta y cinco mil (75.000) unidades de compra de la Ley
2.095, aquel que entre ambos resulte de suma mayor. En ningún caso el monto de
dicha prestación será inferior a $ 120.000";
Que la Sra. Margarita Esteban aportó a las actuaciones documentación para acreditar
que con la suma Pesos Ochocientos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Veintitrés
($853.223) accederá a la compra de una vivienda como Solución Habitacional
Definitiva, para ella y su grupo familiar, ubicada en la calle Matheu Nº 4948 1º Piso,
Departamento 2, de la Localidad de San Martin, Provincia de Buenos Aires;
Que la Ley 5.915 fijó para el ejercicio 2018, en la suma de Pesos Catorce con
Cincuenta ($ 14,50) el valor de la unidad de compra prevista en la Ley 2.095 (texto
consolidado por Ley Nº 5.666);
Que dicha prestación será otorgada a aquellos grupos familiares que actualmente
habitan el Sector 5 de la Traza de la Ex Au3, y que además hayan optado por la
alternativa de Solución Habitacional Definitiva prevista en el artículo 14 inciso a) de la
Ley 3.396;
Que la Sra. Margarita Esteban habita actualmente el inmueble sito en la calle Donado
2587 PB, Departamento 6, que se encuentra ubicado dentro del Sector 5 de la Traza
de la Ex Au3;
Que por las características del presente caso corresponde acceder a la solicitud, para
permitirle a la Sra. Margarita Esteban y a su grupo familiar alcanzar una Solución
Habitacional Definitiva, lo que constituye uno de los principales objetivos de la Ley
3.396;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete en virtud de lo prescripto por la Ley 1.218 (texto
consolidado por Ley Nº 5.666);
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5381 - 28/05/2018

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