Disposición Nº 1/GCABA/DGFYC/17
Firmantes | Pérez Lorgueilleux - Alonso - May |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL |
VISTO:
El Expediente N° 23.050/2011, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-
GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la
Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005
(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la
Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y
CONSIDERANDO:
Que, la Señora PONTALTI JESICA en su carácter de apoderada de la firma SENIOR
GROUP S.A. ha solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de
Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el
local ubicado en la Av. Cabildo 3241 PB, Primero y Segundo Piso, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla su actividad con nombre de fantasía
"DISCO SIX", conforme constancia obrante a fs. 926;
Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N° 553803/2010
para el rubro LOCAL BAILABLE CLASE "C" a nombre de SENIOR GROUP S.A. con
una capacidad máxima autorizada para funcionar de novecientas personas (900)
personas;
Que, mediante Disposición Conjunta N° 001/DGHP/DGFyC/DGFyCO/11, de fecha 10
de enero de 2011 se procedió a la inscripción del local bajo el N° 121 del Registro
Público de Lugares Bailables por el término de un (1) año;
Que, mediante Disposición Conjunta N° 001/ DGHP/DGFyC/DGFyCO/12, Disposición
Conjunta N° 003/13, Disposición Conjunta N° 005/DGHP-DGFyC-DGFyCO/14, DISFC-
2015-01-DGFYC y DISFC-2016-01-DGFYC se procedió a renovar la inscripción ante
el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un (1) año;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Gerencia y Subgerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables
evaluaron la documentación presentada por la empresa solicitante y, del análisis
efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos
establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05 y
sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro
Público de Lugares Bailables.
Que, la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba