Disposición N° 1/DGTALAPRA/20

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición28 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 1/DGTALAPRA/20
Buenos Aires, 17 de enero de 2020
VISTO: Las Leyes N° 2.095 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el
Decreto Nº 168/GCABA/19 y su modificatorio, la Resolución Nº 424/MHGC/13 y sus
complementarias, las Resoluciones N° 59/APRA/18 y Nº 378/APRA/19, las
Disposiciones Nº 1.073/GCABA/DGCYC/19, Nº 832/GCABA/DGCYC/19 y Nº
169/DGTALAPRA/19, el Expediente Electrónico Nº EX-2019-35315781-
GCABADGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las normas
básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Publico de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO, tramita el procedimiento para la
contratación de un Servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final
de residuos peligrosos, que fuera requerido por la Gerencia Operativa de
Determinaciones Ambientales y Laboratorio dependiente de la Dirección de Control
Ambiental de la Agencia de Protección Ambiental;
Que asimismo se estableció que el presupuesto oficial para la contratación ascendía a
la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 720.000,00);
Que en función al requerimiento expresado precedentemente, mediante la Disposición
169/GCABA/DGTALAPRA/19, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a Licitación Pública Nº 8933-
1817-LPU19 estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 16
de diciembre de 2019 a las 12:00 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la
Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017);
Que habiéndose efectuado la pertinente publicidad del llamado e invitado
fehacientemente a los potenciales oferentes dentro de los plazos que exige la
normativa vigente, conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas se ingresó UNA (1)
única oferta, presentada por R.C. RADIOLOGIA CASTELAR S.R.L., CUIT N° 33-
70879321-9;
Que sin perjuicio de la presentación de ofertas, cabe mencionar que el llamado a
licitación no constituye una propuesta de contrato, sino simplemente una invitación a
realizar oferta, entre las cuales la administración podrá seleccionar aquella que resulte
más conveniente para satisfacer el interés público comprometido;
Que aún después del llamado, la administración no se encuentra obligada a contratar
con algún oferente, ya sea porque no se hubieran presentado ofertas admisibles,
porque las ofertas fueran inconvenientes o por cuestiones de oportunidad, mérito o
conveniencia, la administración puede dejar sin efecto la contratación;
Que la revocación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia tiende a
satisfacer más adecuadamente las exigencias de interés público, apareciendo ésta
necesidad como consecuencia de los cambios en las circunstancias de hecho
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5789 - 28/01/2020

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