Disposición N° 1/DGCOYRI/20

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición20 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N1/DGCOYRI/20
Buenos Aires, 15 de enero de 2020
VISTO: La Resolución Nº 6/MMGC/15 y el Expediente electrónico N° EX-2020-
02453356-DGCOYRI y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada.
Por ello, de conformidad con el IF-2020-03260725-GCABA-DGCOYRI y en virtud de
las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15,
EL DIRECTOR GENERAL
DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DISPONE
Artículo 1º.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia a la agente Alfaro, María, CUIL N° 27-
35202093-7, de la repartición a mi cargo, dependiente del Ministerio de Justicia y
Seguridad, de conformidad con el IF-2020-03260725-GCABA-DGCOYRI, que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde el 15 de
enero de 2020 hasta el 31 de diciembre del corriente año.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad para su conocimiento. Cumplido,
archívese. Policicchio
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5783 - 20/01/2020

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