Disposición para Inscripción de CAA N° 27/DGEVA/21

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición28 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN PARA INSCRIPCIÓN DE CAA N.º 27/DGEVA/21
Buenos Aires, 25 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes N° 123 y modificatorias (Texto Consolidado Ley N° 6.347), Decreto
N° 85/19, la Resolución N° 67-GCABA-APRA/21, el Expediente Electrónico N°
18056875-GCABA-DGEVA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: “Elaboración de productos alimenticios n.c.p (500.231); Elaboración de
frutas, hortalizas y legumbres deshidratadas o desecadas; preparación n.c.p. de frutas,
hortalizas y legumbres (500.087); Preparación de conservas de frutas, hortalizas y
legumbres (500.504); Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas,
hortalizas y legumbres (500.099); Elaboración de pulpas, jaleas, dulces y mermeladas
(500.085); Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas (500.086);
Fraccionamiento de frutas desecadas y secas (500.091); Fraccionamiento de frutas y
verduras deshidratadas (500.094); Elaboración de hielo, jugos envasados para diluir y
otras bebidas no alcohólicas (500.038)” , a desarrollarse en la calle Dr. Nicolás Repetto
N° 2.185, Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de 316,16 m2,
Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección: 47, Manzana: 11, Parcela: 12,
Área según CUR: 3;
Que previo a presentar la solicitud de tramite N° 197.743, el establecimiento contaba
con Certificado de Aptitud Ambiental N° TRW-00000192168-APRA-2021, de fecha 4 de
febrero de 2021, generado por los titulares a través del Sistema Público de Solicitudes
APRA (SIPSA), por el rubro (500.278) Tostado, Torrado y Molienda de Café;
Elaboración y Molienda de Hierbas Aromáticas y Especias, con una superficie de
292.36 m2, el cual queda sin efecto a partir del otorgamiento del presente;
Que en el Informe N° 18677980-GCABA-DGEVA/21, de fecha 22 de Junio de 2021, la
Subgerencia Operativa de Impacto Acumulado de esta Dirección General considera a
la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con Decreto N° 85/19, la Resolución
N° 67-GCABA-APRA/21;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones Nros. 81-
GCABA-APRA/20 y 21-GCBA-APRA/20.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6181 - 28/07/2021

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