Disposicion 1559/2007 - Dapfv
Fecha de disposición | 14 Septiembre 2007 |
Fecha de publicación | 14 Septiembre 2007 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31239 |
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-- Las agencias de viajes y turismo inscriptas en el presente Registro, integrarán el listado de empresas que serán convocadas por esta Defensoría General de la Nación, a fin de solicitar los servicios necesarios para cubrir los requerimientos de pasajes aéreos, hotelería, traslados y prestaciones conexas de este Ministerio Público de la Defensa.
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-- La inscripción en el Registro deberá solicitarse ante la Dirección General de Contrataciones de la Defensoría General de la Nación.
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-- La solicitud de Inscripción en el Registro mencionado en el art. I del presente deberá presentarse adjuntando a la misma:
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Constitución de domicilio especial en el radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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I. Fotocopia certificada del contrato social y sus modificaciones con constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia, o en el Registro Público de Comercio correspondiente a su Jurisdicción.
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Copia certificada de las actas de directorio y del balance de cierre del último ejercicio.
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En caso de no encontrarse regularmente constituida como sociedad comercial, o tratarse de una persona física, deberá presentar declaración jurada patrimonial del/los titular/es, suscripta por Contador Público con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
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Acreditación del cargo del firmante de la solicitud con constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia, o en el Registro Público de Comercio correspondiente a su Jurisdicción. Si se tratare de un apoderado deberá acompañar fotocopia certificada del poder que acredite su personería.
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Formulario completo de Declaración Jurada del Decreto Nº 825/88.
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Constancia de Inscripción emitida por AFIP, de donde surgirá la situación del contribuyente frente al fisco.
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Copia certificada de la licencia definitiva para operar como Empresa de Viajes y Turismo, otorgada por la Secretaría de Turismo de la Nación.
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Carta Billing Settlement Plan (B.S.P.) que certifique el número de inscripción ante el I.A.T.A.
como operador.
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Cualquier documentación que acredite una antigüedad mínima de quince (15) años como agencia de viajes y de cinco (5) años en la prestación de servicios de viajes internacionales.
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Cualquier documentación que acredite experiencia en la atención de Organismos Estatales Nacionales y/u organismos internacionales u otras organizaciones semejantes por su envergadura, en viajes internacionales, regionales y de cabotaje con una antigüedad mínima de tres (3) años.
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Cualquier documentación que acredite la utilización de un sistema de reserva,Amadeus o Sabre.
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Indicación de la cantidad de personal de la agencia.
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Alta de beneficiario del Estado Nacional (requisito no excluyente).
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-- En caso de omisión o defecto respecto de la información y/o documentación requerida en el artículo anterior, se tendrá la solicitud por no presentada, si intimada la agencia a subsanarlo no lo hiciera dentro del plazo de diez (10) días hábiles.
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-- La permanencia en el Registro estará sujeta a las siguientes condiciones:
Actualización anual, en concordancia con el tratamiento de los estados contables y actividades del período, de toda información y/o documentación requerida a efectos de la inscripción y remisión de la misma a la Dirección General de...
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