Disposición - Conjunta N° 49 - DGFYC/2022, 14/11/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 49/DGFYC/22
Buenos Aires, 14 de octubre de 2022
VISTO: El Expediente 2022-36833624-GCABA-DGHP, los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nº 1-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la
Resolución 02/SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (BOCBA
Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-
SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), Resolución Nº 3424-AGC-SSEMERG/11, la Ley
5920/17 y la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07;
CONSIDERANDO:
Que, el local perteneciente a NYX GROUP SRL, que desarrolla actividad con nombre
de fantasía “VOLT CLUB”, ubicado en AV. CORDOBA N° 4175/79 PB, EP, PA y
AZOTEA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y posee Certificado de transferencia
de Habilitación por Expediente Nº 38984368/15, concedida para los rubros local de
baile clase “C”;
Que, dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables
bajo el Nº 145/10 por DISFC-2015-63-DGFYCy renovado por DISFC-2022-2-DGFYC
de fecha 26/01/22, con una capacidad máxima para funcionar de TRESCIENTAS
CINCUENTA (350) personas;
Que del Informe de Inspección del 12/10/2022 de la Dirección General de Fiscalización
y Control, surge que el local posee una solicitud de redistribución de usos, que ha sido
declarada caduca, por lo cual no puede desarrollar la actividad (conf. Nota NO-2022-
36631955-GCABA-AGC, vinculada).
Que, atento lo informado por la Dirección General de Fiscalización y Control
corresponde disponer la suspensión preventiva del establecimiento en el Registro
Público de Lugares Bailables hasta tanto regularice la situación mencionada;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 247/AGC/17.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, y la ley Nº 2624/2007 promulgada por
Decreto Nº 2137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN:
Artículo 1º: Suspéndase a partir del día de la fecha la inscripción en el Registro Público
de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/2005,
al local ” VOLT CLUB”, ubicado en la Av. Córdoba N° 4175/79 PB, EP, PA y AZOTEA
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación por
expediente 38984368/15 para la actividad local de baile clase C a favor de NYX
GROUP S.R.L. y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de
trescientas cincuenta (350) personas de conformidad con lo normado en Decreto de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6500 - 14/11/2022

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