Disposición - Conjunta N° 35 - HBU/2023, 24/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 35/HBU/23
Buenos Aires, 19 de mayo de 2023
VISTO: La Ley N° 2095 (Texto Consolidado por Ley 6588), el Decreto Reglamentario
N° 129-GCABA- AJG/23, las Resoluciones Nros. 424-MHGC/13 y 607-MHGC/13, la
Disposición N° 858-2020-GCABA- DGCYC, el Expediente Electrónico N° EX -2023-
16748911-GCABA-HBU, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado actuado tramita la Adquisición de Set de Gastrostomía
Percutánea de 24 Fr. solicitado por el Dto de Cirugía de este Hospital de
Gastroenterología DR. CARLOS BONORINO UDAONDO;
Que la Resolución Nº 1226/MSGC/07 designó a la Dirección del Hospital de
Gastroenterología DR. CARLOS BONORINO UDAONDOcomo Unidad Operativa de
Adquisición cuya función está determinada por el Artículo Nº 20 de la Ley
2095/GCABA/07;
Que la presente Contratación se realizó bajo la modalidad de Contratación Electrónica
dentro del Sistema Buenos Aires Compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, mediante el proceso de compra N° 439-0651-CDI23, al amparo de lo
establecido en el Artículo 29° inc. 1 ap c y f, de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por
Ley 6588) y cuya apertura se efectuó el día 05/05/2023 a las 13 hs.;
Que realizado el análisis formal y técnico de la oferta presentada para dicha
Contratación, esta Comisión Evaluadora de Ofertas junto con el asesoramiento técnico
del Profesional Médico de Cirugía Digestiva, aconseja declarar fracasada la presente
Contratación por no presentar ofertas admisibles, conforme a los términos del Art. 100°
Inc. c) y d) (texto consolidado por Ley 6588) y su reglamentación; dado que la única
oferta presentada, MASTER MEDICAL S.R.L., no cumple con lo solicitado en las
especificaciones técnicas;
Que por lo antes mencionado es menester declarar fracasado dicho proceso en el
marco de lo contemplado en el Art. 76° (texto consolidado por Ley 6588) Los
organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a
indemnización alguna a favor de los oferentes”;
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 3° del Decreto
Reglamentario N° 129-GCABA-AJG/23,
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA
“DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” CONJUNTAMENTE
CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINIST.
ECONOMICA Y FINANCIERA
DISPONEN:
Art. 1º.- Declárese fracasada la Contratación Directa 439-0651-CDI23 por la
Adquisición de Set de Gastrostomía Percutánea de 24 Fr, de acuerdo al
Considerando, conforme a los términos del Art. 100° Inc. c) y d) de la Ley 2095 (texto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6628 - 24/05/2023

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