Disposición - Conjunta N° 11 - HOPL/2023, 24/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 11/HOPL/23
Buenos Aires, 17 de agosto de 2023
VISTO: La Ley Nº 2095/2006 (Texto consolidado por Ley N° 6.588) reglamentada por
el Decreto Nº 129/GCABA- AJG/23, la Resolución Nº 232/UPE-UOAC/2009 y sus
modificatorias, la Disposición DI-2023-44- GCABA-HOPL, el Expediente Electrónico Nº
20868377/GCABA-HOPL/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita la Contratación Menor Nº 421-1728-
CME23 para la Adquisición de Instrumental para Docencia e Investigación con el
objeto de cubrir las necesidades prestacionales de este Hospital al amparo de lo
establecido en el Artículo 39 de la Ley Nº 2095/06 (Texto consolidado por Ley Nº
6.588) reglamentada por Decreto Nº 129/GCABA-AJG/23;
Que el instrumental solicitado no se encuentra incluído en la Resolución Nº 232/UPE-
UOAC/2009 y sus modificatorias;
Que mediante Disposición N° DI-2023-44-GCABA-HOPL el Subdirector del Hospital
Oftalmológico Dr. Pedro Lagleyze aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 421-1728-CME23 para el
día 21 de Junio de 2023 a las 11:00 hs., por un monto estimado de PESOS
TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 331.500);
Que se procedió a invitar de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 del Anexo I del
Decreto N° 129-GCABA/23, publicándose el llamado en el portal
www.buenosairescompras.gob.ar, Boletín Oficial y la página Web del Gobierno de la
Ciudad;
Que se ha recepcionado la única oferta de 20 DE JUNIO S.R.L. tal como luce en el
Acta de Apertura en BAC;
Que por Sistema BAC se ha generado el Cuadro Comparativo de Precios;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas descarta la oferta presentada por la firma de
20 DE JUNIO S.R.L por condicionar el plazo de entrega, tal como luce en informe IF-
2023-23754353-GCABA-HOPL (orden 44);
Que conforme lo normado por el Art. 13 inciso e) de la ley 2095/06 (Texto consolidado
por Ley 6588) y su Decreto reglamentario n° 129/GCABA-AJG/23 debe dictarse el
Acto Administrativo para la determinación de declarar fracasado el Proceso de
Compra, dispuesto por la autoridad competente según lo previsto en el Cuadro de
Competencias del Decreto Nº 129/GCABA-AJG/23, Anexo IV.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2095/2006 (Texto consolidado
por Ley N° 6588) y su Decreto reglamentario Nº 129/GCABA-AJG/23.
EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA
GESTIÓN ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA
DEL HOSPITAL OFTALMOLÓGICO DR. PEDRO LAGLEYZE
DISPONEN
Artículo 1.- Declárese fracasado el proceso de compras Contratación Menor Nº 421-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6691 - 24/08/2023

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