Disposición Administrativa Nº 142 de 07 de Agosto de 2009

La Plata, 7 de agosto de 2009.

VISTO lo establecido en la Disposición Administrativa nro. 90 del 29 de abril de 2009 que fija como valor unitario por "Folio de Seguridad Notarial" la suma de Pesos Quince ($15), y

CONSIDERANDO:

Que los trámites de Regularización Dominial y posterior consolidación están exentos del pago de tasas provinciales y municipales, según lo establecido en la Ley 24374 y el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial 2815/96;

Que la labor que desarrolla el notariado con su intervención en el sistema de Regularización Dominial es de alto contenido social, con un nivel de compromiso asimilable al que el Estado Provincial asume para estos casos;

Que deben arbitrarse los medios para que la provisión de los "Folios de Seguridad Notarial" sea de manera gratuita;

Que dado que la distribución de dichos folios está a cargo del Colegio de Escribanos, es menester que los usados a los fines explicitados "ut-supra" contengan un sello identificatorio, que los individualice para ser usado exclusivamente para los documentos otorgados conforme a las Leyes 24374 y 25797 (Regularización y Consolidación Dominial);

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE:

ARTÍCULO 1º

A partir de la fecha de la presente, exceptuar de lo dispuesto en la Disposición Administrativa nro. 90/2009 a los documentos que ingresen a este Registro otorgados en los términos de las Leyes 24374 y 25797.-.

ARTÍCULO 2º

Los agentes a cargo del control y registración de esos documentos.

deberán verificar que los "Folios de Seguridad Notariales" exentos estén intervenidos con el sello indicativo del uso de dichos...

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