Disposición 993/2020

Fecha de publicación21 Septiembre 2020
SecciónDisposiciones
EmisorPREFECTURA NAVAL ARGENTINA


Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2020

VISTO lo actuado en el Expediente Electrónico Nº EX-2020-51887806- -APN-DAFI#PNA que se tramita con el Expediente EX-2020-49949244- -APN-SANI#PNA asociado, el Decreto Presidencial N° 260/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/2020 y la Disposición ONC N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias y;

CONSIDERANDO:

Que para contratar la adquisición de Test Rápidos IGG e IGM y Barbijos con medio filtrante tipo KN95, se lleva a cabo la Contratación Directa por Emergencia Compulsa – COVID-19 N° 39-0010-CDI20.

Que dicho requerimiento se efectúa en función de lo establecido en el Decreto Presidencial N° 260/2020 dictado con motivo de la pandemia del virus COVID-19 y teniendo en cuenta que la Institución mantiene el estricto desempeño de sus funciones y servicios, como así los controles correspondientes en el cumplimiento del Decreto N° 297/2020 (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio) y sus respectivas prórrogas, resulta indispensable contar con las herramientas que permitan tomar medidas de seguridad preventiva de dicha enfermedad. A tal efecto, teniendo en cuenta que en el Decreto Nº 260/2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley 27.541, por el plazo de UN (1) año en virtud a la pandemia declarada, se debe adoptar todas las medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en evidencia con el fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario, debiéndose dotar al personal de los elementos de protección personal que, según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, deben ser utilizados por el personal para la asistencia de casos sospechosos y casos confirmados de COVID-19, para minimizar cualquier posibilidad de propagación del virus.

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020 se incorporó –entre otras cuestiones- como artículo 15ter al Decreto N° 260/20 que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156 estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos. En todos los casos deberá procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial” y facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada, el cual se materializó a través del dictado de la Disposición ONC N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM, y sus modificatorias.

Que en tal sentido, el Departamento Sanidad y la Dirección de Administración Financiera elaboraron la invitación a cotizar, conforme a las pautas previstas en el Anexo a la Disposición ONC N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM, y sus modificatorias.

Que se dio cumplimiento a lo previsto el Punto 3) PROCEDIMIENTO, apartados b) - tercer párrafo – y d) del Anexo a la Disposición ONC N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM, y sus modificatorias, obrando en Números de Orden 6, 7, 8 y 9 constancias de la difusión de la Convocatoria y Circular I en el portal web del Sistema COMPR.AR, de la remisión de las invitaciones a las empresas para participar en el presente llamado y del envío de invitaciones a la Cámara Argentina de Comercio, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa.

Que en el acto de apertura de ofertas efectuado el día 18 de Agosto de 2020...

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