Disposición 86-E.

Fecha de disposición18 Septiembre 2017
Fecha de publicación18 Septiembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 86-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2017

VISTO el Expediente N° 1.759.952/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 02/02 vuelta del Expediente N° 1.762.350/2017, agregado como fojas 06 al Expediente de referencia, y 18/19 vuelta de las presentes actuaciones, obran dos acuerdos celebrados entre la FEDERACION SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS (F.S.U.P.e.H.) por la parte sindical, e YPF S.A., y OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIO S.A. por la parte empresaria, en el marco del CCT N° 1261/12 "E", conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en los acuerdos mencionados, las partes pactaron un incremento salarial con vigencia entre el 1° de abril de 2017, al 31 de marzo de 2018, y el pago de una suma no remunerativa, extraordinaria, y por única vez, conforme a los términos de los textos acordados.

Que corresponde destacar que en virtud de lo normado por el Artículo 4° de la Ley 14.250 (t.o. 2004): "\u2026 será presupuesto esencial para acceder a la homologación, que la convención no contenga cláusulas violatorias del orden público o que afecten el interés general."

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en el Expediente N° 1.751.184/17.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la estricta correspondencia entre la...

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