Disposición 8347/2021

Fecha de publicación11 Noviembre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA


Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2021

VISTO el Expediente EX-2021-100925060-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y;

CONSIDERANDO

Que las actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron en virtud de unas consultas realizadas por usuarios, a través del servicio ANMAT Responde y del mail del Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, donde se tomó conocimiento sobre la comercialización de productos domisanitarios por parte de la firma FDC la cual no cuenta con la correspondiente habilitación ante esta Administración Nacional.

Que el motivo de las consultas fue sobre la legitimidad de los dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria de la marca FDC.

Que al respecto, se verificó que no se encontraban inscriptos ante esta ANMAT y a su vez, se hizo la búsqueda de anuncios en la web, hallándose el link de la página web de la firma FDC (https://www.fdc.com.ar/), en la cual se ofrecen productos como: dispositivos de mesada, clorador, sistema para eliminar arsénico del agua, ablandador, dispenser de agua.

Que cabe señalar que Servicio de Domisanitarios dependiente del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal realizó dos inspecciones en el que sería el domicilio de la firma, cito en la Avenida Rivadavia 12196 de la localidad de Ciudadela de la Provincia de Buenos Aires, siendo la primera inspección de fecha 6 de septiembre del 2018, donde no se les permitió el ingreso a las inspectoras argumentando que el dueño no se encontraba en el establecimiento.

Que luego las inspectoras actuantes se dirigieron a la calle Espora 126, que sería un segundo domicilio de la firma, y no fueron atendidas.

Que por el acta labrada al momento de la inspección se instó al responsable de la firma a hacerse presente en el Servicio de Domisanitarios de esta ANMAT confirmando posteriormente su asistencia a la reunión vía telefónica, sin embargo, nadie se presentó.

Que en la segunda inspección realizada con fecha 5 de noviembre de 2018 las inspectoras no pudieron ingresar al establecimiento dado que las personas que las atendieron argumentaron que allí no funcionaba la firma FDC teniendo en cuenta lo expuesto, en esa misma oportunidad se consultó a un comercio de la zona sobre si la firma FDC se encontraba en ese domicilio y el empleado...

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