Disposición 88/2010

Fecha de publicación25 Marzo 2010
Fecha de disposición25 Marzo 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31870

Que el ámbito territorial y personal del referido Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la empleadora suscriptora, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de las Entidades Sindicales de marras, emergentes de sus Personerías Gremiales.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez ello, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o.

1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por la Resolución S.T. Nº 41/10.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NEGOCIACION COLECTIVA EN AUSENCIA DE LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declarar homologado el Acuerdo suscripto entre la FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDOY AFINES (FONIVA), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (SOIVA), y la firma YKK ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 180/182 del Expediente Nº 1.248.279/07, ello conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o.

2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 180/182 del Expediente Nº 1.248.279/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada el Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Remítase las actuaciones a la Dirección de Negociación Colectiva a los fines de notificar a las partes signatarias. Posteriormente, pasen las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Lic. ADRIAN CANETO, Director de Negociación Colectiva, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.248.279/07

Buenos Aires, 4 de febrero de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 98/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 180/182 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 176/10. -- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº...

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