Disposición 7748. DI-2018-7748-APN-ANMAT#MS - Prohibición de comercialización.

Fecha de disposición06 Agosto 2018
Fecha de publicación06 Agosto 2018
SecciónDisposiciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 7748/2018

DI-2018-7748-APN-ANMAT#MS - Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2018

VISTO el expediente N° 1-47-2110-5613-18-1 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a raíz de que el Departamento de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego informa las acciones realizadas en relación al producto: "Miel de abejas" marca Doña Olinda, RNPA Expte. Munic. 4102-1360 D, RNE N° 02-034400, elaborado por Areco Apicultura- Av. Dr. Smith 484, SA de Areco, Bs As Argentina- cont. neto 500 g y otros contenidos, que no cumple la normativa alimentaria vigente, por lo que procedió a la intervención, decomiso y retiro jurisdiccional del producto en cuestión.

Que por ello notifica el Incidente Federal N° 1117 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA.

Que el Departamento de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego consulta mediante Consultas Federales N° 2307 y N° 2308 a la Oficina de Alimentos de la provincia de Buenos Aires a fin de verificar si el establecimiento RNE N° 02-034400 se encuentra habilitado, y si el RNPA Expte. Munic. 4102-1360 D se encuentra autorizado.

Que por ello, la Oficina de Alimentos informa que dicho RNE corresponde a la Firma LASFOR S.R.L, sita en Quetgles N° 790 de la Localidad y Partido de San Antonio de Areco, como elaborador, fraccionador, expendedor, depósito y distribuidor, importador, exportador de: pastas secas, alimentos a base de cereales y vegetales deshidratados, dietéticos adicionados con vitaminas y minerales y productos a base de harinas libres de gluten, importador \u2013 depósito de suplementos dietarios y que el RNPA no fue otorgado por dicho organismo.

Que el Departamento Vigilancia Alimentaria categoriza el retiro Clase III, a través de un comunicado del SIFeGA pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización del citado producto en su jurisdicción procedan de acuerdo a lo...

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