Disposición 75/2019

Fecha de publicación23 Octubre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO


Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2019

Visto el expediente EX-2016-00986816-APN-DDYME#MEM y los expedientes EX-2016-01082526-APN-DDYME#MEM, EX-2017-00997289-APN-DDYME#MEM, EX-2018-48278941-APN-DGDOMEN#MHA en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Energía del Triple Salto Sociedad Anónima (Energía del Triple Salto S.A.) solicitó su habilitación como Agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para su Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico (PAH) Triple Salto Unificado, de cero coma seis megavatios (0,6 MW) de potencia nominal instalada, con localización entre progresivas 18083 y 18111 del Canal San Martín - Río Tunuyán Inferior, en el departamento Junín de la provincia de Mendoza, conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de trece coma dos décimas kilovoltios (13,2 kV) pertenecientes al alimentador Corvalán, jurisdicción de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este Sociedad Anónima (EDESTESA).

Que mediante la nota B-110385-1 del 30 de agosto de 2016, obrante en el expediente EX-2016-01082526-APN-DDYME#MEM (IF-2016-01090063-APN-DDYME#MEM), la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que Energía del Triple Salto S.A. cumple con los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (Los Procedimientos) para su ingreso y administración en el MEM.

Que por la resolución 286 del 1 de septiembre de 2016, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de la provincia de Mendoza aprobó el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto y definió los requisitos a cumplir durante las etapas de proyecto, construcción y explotación de las instalaciones.

Que Energía del Triple Salto S.A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que mediante el decreto 1096 del 31 de agosto de 2016 la provincia de Mendoza otorgó a Energía del Triple Salto S.A. la concesión por el término de veinte (20) años desde su habilitación comercial, para el desarrollo del PAH “Aprovechamiento Hidroeléctrico del Canal Matriz San Martín – Río Tunuyán Inferior - Triple Salto Unificado”.

Que mediante el decreto 1532 del 17 de septiembre de 2018 la provincia de Mendoza declaró el deslinde de responsabilidades entre los Estados Nacional y Provincial, respecto de la operación de las instalaciones del PAH Triple...

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