Disposición 727/2019

Fecha de publicación26 Agosto 2019
SecciónDisposiciones
EmisorPOLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 21/08/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-49027402-APN-DSA#PSA del Registro de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el Anexo 17 al “CONVENIO SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL” (Chicago, año 1944, aprobado por el Decreto Ley Nº 15.110 del 23 de mayo de 1946 y ratificado por la Ley Nº 13.891), la Ley N° 26.102 de SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA aprobado por la Disposición N° 74 del 25 de enero de 2010, la Disposición N° 436 del 26 de abril de 2018, ambas del Registro de esta Institución, y

CONSIDERANDO:

Que por imperio del artículo 17 de la Ley N° 26.102, la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA es la autoridad de aplicación del Convenio de Chicago (Ley N° 13.891), así como también de las normas y métodos recomendados por la ORGANIZACIÓN DE LA AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), en todo lo atinente a la seguridad y protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita y de los tratados suscriptos por la Nación en la materia.

Que la Ley Nº 26.102 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de seguridad aeroportuaria, estableciendo su artículo 14 que será misión de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la salvaguarda de la aviación civil nacional e internacional y la fiscalización y la adopción de medidas a fin de dar respuesta inmediata a situaciones de crisis que pudiera acontecer en el ámbito aeroportuario y en las aeronaves.

Que el sistema de aviación es un sistema altamente complejo e integrado que comprende tecnología de la información y las comunicaciones de carácter crítico para la seguridad y protección de las operaciones de aviación civil.

Que el sector de la aviación depende cada vez más de la disponibilidad de sistemas de tecnología de la información y las comunicaciones, así como de la integridad y confidencialidad de los datos.

Que la amenaza planteada por los incidentes que afectan a la ciberseguridad en la aviación civil evoluciona rápida y continuamente; quienes montan esas amenazas lo hacen con la intención de causar daño, buscando interrumpir las actividades y robar información por razones políticas, económicas o de otra índole, y que la amenaza puede mutar fácilmente hasta llegar a afectar sistemas críticos de la aviación civil en todo el mundo.

Que resulta necesario proteger de ciberamenazas a los sistemas de infraestructura de la aviación civil y los datos críticos.

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR