Disposición 6746 - E.

Fecha de disposición05 Enero 2017
Fecha de publicación05 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 6746 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016

VISTO el Expediente Nº S02:0021334/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por el artículo 3° de la mencionada medida se facultó a esta Dirección Nacional a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las aprobadas por la Decisión Administrativa Nº 1254/16, la cual deberá prever como máximo VEINTE (20) Direcciones, DIECISIETE (17) Coordinaciones, DOS (2) Auditorías Adjuntas y DOS (2) Supervisores de Auditoría.

Que, en función de lo expuesto, resulta necesario definir las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES; con el objeto de establecer en forma precisa su estructura organizativa y dotación, a fin de contribuir al logro de los objetivos fijados a esta Dirección Nacional por la Ley Nº 25.871.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y del artículo 3º de la Decisión Administrativa 1254 del 3 de noviembre de 2016.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I (IF-2016-05396998-APN-DNM#MI) , Ia (DI-2016-05396384-APN-DNM#MI), Ib (DI-2016-05396191-APN-DNM#MI), Ic (DI-2016-05396711-APN-DNM#MI), Id (DI-2016-05397239-APN-DNM#MI), Ie (DI-2016-05397401-APN-DNM#MI), If (DI-2016-05397597-APN- DNM#MI), y II (DI-2016-05397972-APN-DNM#MI) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Apruébanse las Coordinaciones y Acciones que se detallan de acuerdo al listado que, como Anexos III (DI-2016-05399197-APN-DNM#MI) y IV (DI-2016-05399446-APN-DNM#MI), forman parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°

Incorpóranse, homológanse, ratifícanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, según el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente (DI-2016-05401423-APN-DNM#MI), que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°

Estipúlase que hasta tanto se aprueben las aperturas de nivel inferior de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, se mantienen vigentes las existentes con sus acciones, dotación y nivel de Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 5°

Mantiénense vigentes las aperturas estructurales de nivel departamental y acciones existentes con sus respectivos niveles y grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 6°

Establécese que los Departamentos de Relaciones Institucionales y Museo de la Inmigración mantendrán su vigencia, modificándose su dependencia a la órbita de la DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 7°

Establécese que el Departamento de Asuntos Sociales y Asistencia al Migrante mantendrá su vigencia, modificándose su dependencia a la órbita de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS SOCIALES MIGRATORIOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 8°

Establécese que el Departamento de Presupuesto mantendrá su vigencia, modificándose su dependencia a la órbita de la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 9°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 30 \u2013MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Organismo Descentralizado 201\u2013DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 10 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- HORACIO JOSÉ GARCÍA, Director Nacional, Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

ANEXO I

IF-2016-05396998-APN-DNM#MI

ANEXO Ia

DI-2016-05396384-APN-DNM#MI

ANEXO Ib

DI-2016-05396191-APN-DNM#MI

ANEXO Ic

DI-2016-05396711-APN-DNM#MI

ANEXO Id

DI-2016-05397239-APN-DNM#MI

ANEXO Ie

DI-2016-05397401-APN-DNM#MI

ANEXO If

DI-2016-05397597-APN-DNM#MI

ANEXO II

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES

DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN

DIRECCIÓN DE RADICACIONES

ACCIONES:

  1. Supervisar el adecuado asesoramiento a los extranjeros posibilitando la correcta iniciación del trámite de radicación.

  2. Instrumentar mecanismos de gestión que permitan el eficiente control de la totalidad de la documentación presentada para el inicio del trámite migratorio.

  3. Intervenir en el ingreso, renovación y resolución de los trámites de radicación de extranjeros.

  4. Mantener actualizados en forma permanente los registros de radicación de extranjeros.

  5. Supervisar la confección de proyectos de actos dispositivos en los temas referidos a radicaciones de extranjeros.

  6. Intervenir en la tramitación de los permisos de ingreso al país que formulen los extranjeros que residan en el exterior, coordinando las relaciones con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

  7. Intervenir en la expedición del Documento Nacional de Identidad de aquellos ciudadanos extranjeros que obtengan radicación ante las dependencias de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

    DIRECCIÓN DE EXTRANJEROS JUDICIALIZADOS

    ACCIONES:

  8. Supervisar y resolver la situación migratoria de extranjeros sometidos a procesos penales de la Justicia Nacional, Provincial o Federal en la REPÚBLICA ARGENTINA y de las medidas pertinentes que deban adoptarse.

  9. Promover acciones de relevamiento y diagnóstico situacional respecto de los extranjeros judicializados en el Territorio Nacional.

  10. Supervisar, en el ámbito de su competencia, la confección de proyectos de actos dispositivos en los temas referidos a extranjeros judicializados en el país.

  11. Supervisar la materialización de las expulsiones de los extranjeros judicializados, cuyo extrañamiento haya sido ordenado por una autoridad judicial.

    DIRECCIÓN DE CONTROL DE PERMANENCIA

    ACCIONES:

  12. Supervisar y coordinar el control de legalidad de la permanencia de extranjeros en la REPÚBLICA ARGENTINA.

  13. Resolver las actuaciones relativas al control de permanencia y ordenar las medidas administrativas pertinentes que deban adoptarse respecto de los extranjeros en situación de irregularidad migratoria.

  14. Intervenir en las acciones de fiscalización a dadores de trabajo y alojamiento a extranjeros residentes en el país.

  15. Promover acciones de relevamiento y diagnóstico tendientes a prevenir situaciones de irregularidad migratoria de extranjeros residentes en el país.

  16. Supervisar, en el ámbito de su competencia, la confección de proyectos de actos dispositivos referidos a la situación de extranjeros irregulares pasibles de expulsión del país.

    DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO

    DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN

    ACCIONES:

  17. Intervenir en la elaboración y estudio de normativas y procedimientos relativos al control migratorio que proponga o reciba la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO.

  18. Comunicar a los efectos de su implementación las instrucciones, procedimientos y normativas relacionadas al control de ingresos y egresos.

  19. Coordinar la atención al público, por temas o incidentes producidos en pasos fronterizos.

  20. Elaborar y coordinar programas de capacitación permanente para los agentes que cumplen funciones de control migratorio.

  21. Intervenir en las actualizaciones y modificaciones del Registro de Sellos, Registro de Ingresos y Egresos y Registro de Pasos Fronterizos.

    DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO

    ACCIONES:

  22. Coordinar y planificar la operatoria del control de ingresos y egresos por los aeropuertos del país, habilitados para el tránsito internacional de personas.

  23. Supervisar la operatoria relativa al sistema de registración de personas en los aeropuertos habilitados.

  24. Intervenir en las actuaciones de irregularidades de empresas de transporte aéreo de pasajeros.

  25. Solicitar, en el ámbito de su competencia, comisiones de servicio, rotaciones o cambio de funciones de agentes que cumplen funciones en aeropuertos del país.

  26. Elevar toda información relativa al personal y a los incidentes que...

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