Disposición 665/2023

Fecha de publicación22 Agosto 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2023

VISTO el EX-2021-97806565- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2023-1361-APN-ST#MT de fecha 14 de julio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 3 del RE-2021-97806515-APN-DGD#MT del presente expediente, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1701/23, celebrado en fecha 22 de septiembre de 2021 por la FEDERACIÓN TRABAJADORES PASTELEROS, SERVICIOS RÁPIDOS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.T.P.S.R.C.H.P.Y A) y la FUNDACIÓN TEMAIKEN, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 763/06 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que sin perjuicio de que transcurrieron casi dos años entre la fecha de celebración del acuerdo y la de su homologación, en la referida Resolución homologatoria también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que es pertinente señalar que ya se encuentran fijados también topes indemnizatorios, correspondientes a acuerdos celebrados por las partes detalladas en el Considerandos primero, con fechas de entrada en vigencia posteriores a los que se determinan en la presente

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición...

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