Disposición 229/2009

Fecha de publicación17 Julio 2009
Fecha de disposición17 Julio 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31696

RESOLUCION FALLO Nº 020/09 (AD SMAN). -- Fdo. Abog.

ALBERTO W. CATALDI, Administrador (Int.), Aduana San Martín de los Andes.

e. 17/07/2009 Nº 59121/09 v. 17/07/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Nota Externa Nº 11/2009

Ref. Item (N.C.M.) 6302.31.00 del Anexo I 'E' de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA).

Bs. As., 8/7/2009

De acuerdo con las Instrucciones Generales Nº 009 (SDGLTA) de fecha 17 de febrero de 1999 y Nº 016 (SDGLTA) de fecha 7 de marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR - ACE 18, ACE 35 y ACE 36, y teniendo en cuenta la Nota Nº 143 de fecha 13 de mayo de 2009 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, caratulada por Actuación Nº 13289-12447-2009, se hace saber que se deberá proceder al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de las medidas dispuestas por las citadas instrucciones cuando se trate de exportaciones de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL de los productos clasificados en los ítem (N.C.M.) 6302.31.00, efectuadas por la firma 'TEKA - TECELAGEM KUEHNRICH S.A.'. Ello en virtud a que la mencionada firma exportadora cumple con las condiciones para que los aludidos productos sean considerados originarios en el marco de lo establecido en el Régimen de Origen MERCOSUR.

Por otra parte, y no obstante lo indicado en el párrafo anterior, cabe señalar que como resultado de la verificación física de la mercadería, correspondiente a la Destinación de Importación Nº 08

001 IC04 007843 R, se ha advertido que en el envase de las sábanas se indicaba que las mismas eran fabricadas en la India y que las citadas sábanas presentaban una etiqueta con la indicación del origen declarado (Brasil) sobrecosido sobre vestigios de etiquetas preexistentes. Es por ello que la mercadería importada mediante la Destinación de Importación en cuestión no cumple con el Régimen de Origen MERCOSUR y deberá procederse a la formulación del cargo correspondiente, ello a los fines de aplicarle el tratamiento arancelario extrazona.

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. -SILVIO LUIS MINISINI, Subdirector General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.

e. 17/07/2009 Nº 60135/09 v. 17/07/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE...

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