Disposición 1/2009

Fecha de disposición27 Mayo 2009
Fecha de publicación27 Mayo 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31661

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el Artículo 22 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

En los casos de contratos instrumentados digitalmente ante las Bolsas de Cereales autorizadas por el Poder Ejecutivo Nacional para actuar en el comercio de granos, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el punto 3. del inciso a) del Artículo 3º de la Resolución General Nº 2596 y su modificación, los responsables deberán presentar, en sustitución de lo previsto en dicho punto, una nota con arreglo a lo dispuesto por la Resolución General Nº 1128, en la cual informarán --con carácter de declaración jurada-- los datos que permitan identificar la operación de que se trate (vg.

Número de contrato, lugar y fecha, partes contratantes, especie, calidad y cantidad de granos, precio pactado, etc.), conforme al modelo que como Anexo se aprueba por la presente, acompañada de un ejemplar impreso del contrato respectivo.

Art. 2º

Modifícase el primer párrafo del Artículo 8º de la Resolución General Nº 2596 y su modificación, en la forma que se indica a continuación:

'.

Art. 3º

Modifícase la Resolución General Nº 2607, en la forma que seguidamente se indica:

  1. Sustitúyese el Artículo 2º; por el siguiente:

    'ARTICULO 2º -- A efectos de utilizar el procedimiento indicado en la presente el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Desarrollar la actividad de productor agrícola.

    2. No contar en forma permanente con la disponibilidad tecnológica necesaria para cumplir con el procedimiento previsto en el Artículo 33 del Título II de la norma conjunta Resolución General Nº 2595 (AFIP), Resolución Nº 3253 (ONCCA) y Disposición Nº 6/09 (SSTA).

    El requisito previsto en el inciso a) de este artículo no será de aplicación cuando, en forma excepcional, se produzcan circunstancias temporarias, no permanentes, que impidan contar con la disponibilidad tecnológica necesaria para cumplir con el procedimiento que establece el citado Artículo 33.'.

  2. Sustitúyese el inciso a) del Artículo 3º, por el siguiente:

    'a) Presentar nota con carácter de declaración jurada, indicando:

  3. No disponer de cobertura tecnológica necesaria para cumplir con el procedimiento previsto en el Artículo 33 de la norma conjunta Resolución General Nº 2595 (AFIP), Resolución Nº 3253 (ONCCA) y Disposición Nº 6/09 (SSTA).

  4. La superficie agrícola total explotada en la campaña en curso, en hectáreas, a la fecha de la solicitud.

  5. Existencia (stock) de granos a la misma fecha.

  6. Cantidad estimada de granos a cosechar en los próximos TREINTA (30) días, discriminada por especie.'.

Art. 4º

Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

Art. 5º

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Ricardo Echegaray.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2612

MODELO DE NOTA - CONTRATOS Lugar y fecha:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DEPENDENCIA: (1) Presente De nuestra consideración:

, se presenta ante ese Organismo en virtud de lo previsto por la Resolución General Nº 2596 y su modificación, a los fines de informar con carácter de declaración jurada lo siguiente:

(5).

2) Los datos identificatorios de la operación de compraventa de granos cuya registración se solicita son:

Fecha de...

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