Disposición 567/2015
Fecha de la disposición | 10 de Febrero de 2015 |
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 567/2015Bs. As., 10/2/2015
VISTO el Expediente N° S02:0014565/2014 y su agregado N° S02:0021930/2014 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 25.871 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, la Disposición DNM N° 3043 del 27 de agosto de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el ESTADO NACIONAL, en el marco del Plan de Reorganización, Recuperación y Modernización del Sistema Ferroviario Nacional, ha procedido al dictado de la Resolución Conjunta N° 3 y N° 109 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE del 5 de abril de 2013.
Que mediante la resolución referida y frente a la necesidad de coordinar las pautas y directrices a las cuales deben ajustarse las acciones públicas destinadas a llevar adelante el proceso de rehabilitación del Sistema Ferroviario Nacional se creó la COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS INTEGRALES DEL SISTEMA FERROVIARIO NACIONAL Y SU INFRAESTRUCTURA ASOCIADA.
Que, con motivo de la implementación de las políticas antes mencionadas, por Nota recibida en esta Dirección Nacional, la SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha solicitado la determinación de un encuadre normativo para las solicitudes de ingreso y permanencia de aquellos técnicos de nacionalidad china que ingresan al Territorio Nacional a fin de desarrollar actividades relacionadas con el mantenimiento y modernización del sistema ferroviario y cuentan con la previa conformidad de esa Secretaría de Estado.
Que en razón de los tiempos de permanencia previstos y la actividad a desarrollar en el país, dichas personas no resultarían alcanzadas por los supuestos previstos en el Acuerdo para la Facilitación de Visas para Viajeros de Negocios suscripto con la REPÚBLICA POPULAR CHINA ni por la por la Disposición DNM N° 1170/10 que regula la admisión de personas que ingresan para desarrollar tareas —remuneradas o no— en calidad de residentes transitorios.
Que conforme lo normado por el artículo 24 inciso h) de la Ley N° 25.871, los extranjeros que ingresen al país en calidad de residentes transitorios podrán ser admitidos en la subcategoría “Especiales” cuando invoquen razones que justifiquen a juicio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE...
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