Disposición 55/2022

Fecha de publicación10 Enero 2022
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA


Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-126506319-APN-DRRHH#ANMAT, el Decreto Nº 1490 del 20 de agosto de 1992, la Decisión Administrativa Nº 761 del 6 de septiembre de 2019 y sus modificatorias, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 1490/92 se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA como organismo descentralizado que actúa en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa Nº 761/19 y sus normas modificatorias se aprobó la nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.

Que por nota N° NO-2021-125570349-APN-ANMAT#MS se ordenó modificar el proyecto de acto administrativo por el que se propicia la designación desde el 1° de octubre de 2019 de la bioquímica Yanina Irupe RODRIGUEZ (DNI N° 25.594.121) en el cargo de Jefa del Departamento de Laboratorio Nacional de Control que tramita mediante expediente N° EX-2020-17243726- -APN-DRRHH#ANMAT, a fin de que dicha designación se propicie hasta el 31/12/2021.

Que mediante el Expediente N° EX-2021-125642916- -APN-DRRHH#ANMAT tramita la designación en el cargo de Directora de Fiscalización y Gestión de Riesgo del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA a partir del 1° de enero de 2022, de la bioquímica Yanina Irupe RODRIGUEZ (DNI N° 25.594.121)

Que, en consecuencia, y hasta que se suscriba la correspondiente designación que tramita por el expediente mencionado debe garantizarse la continuidad de la atención de las tareas que se llevan a cabo en la referida unidad organizativa, dado que se trata de un área crítica en el actual contexto de emergencia sanitaria y también teniendo en cuenta el cúmulo y cantidad de tareas que gestiona, precisando tener a su cargo quien pueda dedicarse a su atención y despacho.

Que el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 establece que: “El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y...

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