Disposición 534 - E.

Fecha de disposición02 Enero 2017
Fecha de publicación02 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 534 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre el Ministerio de Justicia de la Nación y la Administración Tributaria de Mendoza (A.T.M) con fecha 21 de Octubre de 2016, registrado bajo el Nro. CONVE-2016-02530589-APN-DDMIP#MJ, y,

CONSIDERANDO,

Que en virtud del mencionado Convenio, los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país actuarán como Agentes de Percepción del Impuesto de Sellos de conformidad con lo prescripto en el Código Fiscal provincial y con los alcances, efectos y modalidades que se establecen en el Convenio que nos ocupa, y deberán solicitar por ante el organismo competente la liquidación del impuesto de sellos.

Que la mencionada petición se materializará mediante un sistema informático de interconexión "en línea" que será suministrado en las condiciones establecidas en el Convenio ya citado.

Que, a ese efecto, aprobó una Solicitud Tipo "13" (única) de carácter digital por conducto de la Disposición D.N. N° 203/16, con el objeto de establecer el instrumento para peticionar la liquidación del impuesto de sellos, disponiendo que el mismo posibilite la impresión de la totalidad de los campos necesarios y sus constancias de pago.

Que el mencionado Convenio resulta sustitutivo del celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Secretaría de Justicia de la Nación con fecha 21 de julio de 1988 y adecuado conforme las modificaciones introducidas por Dirección General de Rentas de la Provincia de Mendoza y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios con fecha 30 de septiembre de 1999

Que, oportunamente, el gobierno de la provincia de Mendoza designó por conducto de la Resolución A.T.M. N° 97 del 27 de diciembre de 2016, a todos los Encargados de los Registros Seccionales dependientes de esta Dirección Nacional como agentes de percepción del impuesto de sellos y simultáneamente aprobó el Instructivo General de Procedimientos al que deberán ajustar su proceder los sujetos designados.

Que en ese marco, y en razón de las particularidades de los organismos recaudatorios, resulta menester facultar al Departamento Tributos y Rentas a dictar los instructivos y normas complementarias que estime pertinentes para optimizar la complementación de servicios convenida.

Que la presente...

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