Disposición 527/2015
Fecha de disposición | 14 Agosto 2015 |
Fecha de publicación | 14 Agosto 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33193 |
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Disposición 527/2015
EXTRACTO DE DISPOSICIÓN N° 527 de fecha 22 de JUNIO de 2015 (SNR).
— Categorízase a la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, C.U.I.T. N° 30-71451760-7, con domicilio legal y real en la calle Olavarría N° 4759, Código Postal 1678, de la localidad de Caseros, Provincia de Buenos Aires, en las modalidades prestacionales de Centro Educativo Terapéutico y de Hogar con Centro Educativo Terapéutico.
— Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en las modalidades prestacionales de Centro Educativo Terapéutico sin integración, categoría “A”, con un cupo de sesenta y seis (66) concurrentes en Jornada Simple y/o Doble y de Hogar con Centro Educativo Terapéutico, categoría “A”, con un cupo de ciento setenta y tres (173) residentes en alojamiento permanente, de lunes a viernes y en Jornada Simple y/o Doble.
— Inscríbase a la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
— Dejáse establecido que la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, deberá comunicar a la Junta Evaluadora del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, todo aumento mayor a cuatro (4) personas de su población asistida, conforme lo regulado en el punto 8.2.4 de la Resolución N° 02/13 (P.D.S.P.B.A.I.P.D).
— Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de...
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