Disposición 116/2008

Fecha de publicación22 Diciembre 2008
Fecha de disposición22 Diciembre 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31557

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X AUS 416

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X AUS 417

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X AUS 418

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 714

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Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 715

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 716

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 717

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 718

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEM 719

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEO 490

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEO 491

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEO 492

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FEO 493

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 589

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Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 591

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 592

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 593

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 594

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 596

30-54668997-9

Y.P.F. SOCIEDAD ANONIMA X X FWS 599

Ing. ADRIAN JOSE FERREYRA, Jefe (Int.) Depto. Esp. en Sect. Prim. y Secun., Dir. de Anál. de Fisc. Especializada, A/C Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

  1. 22/12/2008 Nº 26325/08 v. 22/12/2008 FUERZA AEREA ARGENTINA COMANDO DE REGIONES AEREAS Disposición Nº 116/2008

    Bs. As., 28/11/2008

    VISTO Lo propuesto por el Presidente de la Comisión de Prevención de Accidentes de Aviación Civil; y CONSIDERANDO Que en las disposiciones de los Anexos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) se requiere que los Estados establezcan un Programa de Seguridad operacional para lograr un nivel aceptable de seguridad en la operación de aeronaves, en el suministro del ATS y en la operación de aeródromos.

    Que es necesaria la puesta a consideración del Programa de Seguridad Operacional para la Aviación Civil (2008 - 2011), emitida por este Comando de Regiones Aéreas (FAA), para su análisis y propuesta de modificación y enmiendas a ser presentadas por los actores del quehacer aeronáutico.

    Que por Orden del Día Nº 03/08 de fecha 28 FEB 08 se conformó el Grupo de Trabajo para la Elaboración del Programa de Seguridad Operacional para la Aviación Civil (2008-2011).

    Que dicho grupo desarrolló el mencionado programa el cual se anexa a la presente Disposición como Anexo ALFA.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 440/91 (JEMGFAA) para disponer de conformidad a lo prescripto por el Artículo 3 in fine de la Ley Nº 17.285 (Código Aeronáutico).

    Por ello,

    EL COMANDANTE DE REGIONES AEREAS DISPONE:

    1. -- Póngase a consideración el Programa de Seguridad Operacional para la Aviación Civil (2008-2011) que se anexa a la presente como ANEXO ALFA.

    2. -- Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente las que deberán dirigirse al Comando de Regiones Aéreas,

      Comisión de Prevención de Aviación Civil, Pedro Zanni 250 Oficina 260, 2do. Piso Sector Amarillo.

      C1104AXF Tel/Fax 4317600 int. 14593 o Vía Mail a buecrcp@faa.mil.ar.

    3. -- Regístrese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y oportunamente archívese. -- Brigadier JOSE ANTONIO ALVAREZ, Comandante de Regiones Aéreas.

      C.U.I.T.

      APELLIDO Y NOMBRE,

      DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL SECCION - SUBSECCION TRANSPORTISTA SECCION 1 SECCION 2 SECCION 3 Dominio Nº o Matrícula Nº Nombre del buque1.1 1.2 2.1 2.2 3.1 3.2

      FUERZA AEREA ARGENTINA ANEXO ALFA COMANDO DE REGIONES AEREAS PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL PARA LA AVIACION CIVIL (2008 - 2011) 1. POLITICA 1.1 La República Argentina tiene responsabilidades en el establecimiento de un entorno favorable a las actividades de aviación civil seguras, eficientes, regulares y sustentables. El Estado, como signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944) es responsable de la aplicación de las Normas y Métodos Recomendados (SARPS) de la OACI y de las regulaciones nacionales que rigen, entre otras, las operaciones aéreas, el diseño y uso del espacio aéreo, las actividades de mantenimiento de las aeronaves, la investigación de accidentes e incidentes de aviación, los servicios de protección al vuelo y la habilitación de los aeródromos correspondientes a la jurisdicción nacional. Esta responsabilidad incluye tanto funciones de reglamentación (otorgamiento de licencias, certificación, etc.) como de vigilancia de la seguridad operacional de los proveedores de servicios (Explotadores de Servicios Aéreos, Organizaciones de Mantenimiento, Prestadores de Servicios de Tránsito Aéreo y los Explotadores de Aeródromo), a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios.

      1.2 Ninguna actividad humana o sistema hecho por el hombre puede garantizar que es absolutamente seguro, es decir, libre de riesgos. Un ciento por ciento (100%) de seguridad operacional es un objetivo inalcanzable puesto que ocurrirán fallas y/o errores a pesar de los mejores esfuerzos para evitarlos. La seguridad operacional es una noción relativa, por lo que en un sistema 'seguro' los riesgos inherentes, es decir aquellos que se generan por el desarrollo mismo de una actividad, son aceptables.

      1.3 La Seguridad Operacional se define como 'el estado en que el riesgo de lesiones a las personas o daños a los bienes se reduce y se mantiene en un nivel aceptable, o por debajo del mismo, por medio de un proceso continuo de identificación de peligros y gestión de riesgos.1

      1.4 Este 'proceso continuo' debe ser llevado a cabo inicialmente por los proveedores de servicios mencionados en el párrafo 1.1 mediante la realización de sus actividades de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, incluyendo el suministro a la Autoridad Aeronáutica de aplicación de la información correspondiente al nivel de seguridad alcanzado teniendo en cuenta los indicadores de eficacia de la seguridad operacional, los objetivos de eficacia de la seguridad operacional y, si corresponde, los requisitos de seguridad operacional (ver puntos 2, 3 y 4 más adelante). Estas actividades se encontrarán comprendidas en los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS), que dichos proveedores deben establecer teniendo en cuenta este programa. En lo atinente a los explotadores de aeródromo, quedan alcanzados por el presente programa hayan o no obtenido con anterioridad su certificación.

      1.5 Para ello el Comando de Regiones Aéreas, en forma complementaria y a través de sus organismos normativos, elabora y/o actualiza la reglamentación necesaria con un nivel de exigencia no menor al que se define en los estándares establecidos en las Normas y Métodos Recomendados (SARPs) por la OACI en los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, como así también continuará llevando a cabo la vigilancia de los proveedores de servicios, bajo la forma de inspecciones programadas y no programadas. Adicionalmente se ha dispuesto la ejecución por parte de la Autoridad Aeronáutica de otras actividades en apoyo de la implantación del SMS de los proveedores de servicio.

      1.6 Debido a que estas actividades exigen tanto una planificación como una ejecución ordenadas, armónicas, sistematizadas y sistémicas, esta autoridad aeronáutica ha revisado y rediseñado el Programa Nacional de Seguridad Operacional definido como un 'conjunto integrado de reglamentos y actividades encaminados a mejorar la seguridad operacional'2 . Entre estas últimas pueden mencionarse algunas tales como, pero no limitadas a:

    4. ) Implantación y funcionamiento de Sistema de Gestión de la Seguridad (SMS);

    5. ) Programa de Garantía de Calidad de los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS);

    6. ) Programa de actividades de Vigilancia de la Seguridad Operacional;

    7. ) Procesos de Capacitación de Inspectores Gubernamentales;

    8. ) Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación;

    9. ) Sistemas de Notificación de Incidentes de Tránsito Aéreo;

    10. ) Procesos de Obtención de Certificados de Idoneidad Aeronáutica;

    11. ) Programa de Certificación de Aeródromos;

    12. ) Control de Peligro Aviario;

    13. ) Implantación y funcionamiento de Sistema de Intercambio de Datos de Seguridad;

    14. ) Actividades de Garantía de la Seguridad;

    15. ) Actividades de Promoción de la Seguridad;

    16. ) Sistema de Vigilancia Continua; etc.

      1.7 El Programa Nacional de Seguridad Operacional se encuentra diseñado sobre el firme compromiso de:

    17. ) Cumplir con los más altos estándares de seguridad observando:

  2. La Ley Nº 17.825 (Código Aeronáutico) y normas complementarias incluyendo las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC);

  3. Las Normas y Métodos Recomendados (SARPs) de la OACI;

  4. Las mejores prácticas de la industria; y

  5. Los documentos de orientación que la Autoridad Aeronáutica considere necesarios para la adecuada implementación de este Programa.

    1-2

    Manual de Gestión de la Seguridad Operacional (OACI, Doc. 9859).

    Lunes 22 de diciembre de 2008 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.557 55

    1. ) Proveer los recursos humanos y financieros necesarios para el desarrollo de las actividades de vigilancia;

    2. ) Asignar, a los máximos responsables de los organismos que componen la estructura orgánica de la Autoridad Aeronáutica, la responsabilidad primaria de cumplir con la Seguridad Operacional, y 4º) Emprender las acciones necesarias para asegurar que el presente programa, y en especial la política que lo sustenta, son comprendidos, apoyados, implementados y mantenidos en todos los niveles orgánicos y por todos los integrantes de la Administración Aeronáutica.

      1.8 El Programa Nacional de Seguridad Operacional será revisado, como mínimo una vez al año, para asegurarse que sigue siendo adecuado, por ejemplo, debido al advenimiento de las nuevas tecnologías que, si bien ventajosas, pueden también entrañar nuevos problemas y desafíos en materia de seguridad operacional, dificultades económicas o...

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