Disposición 246/2008

EmisorDireccion General Impositiva
Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2008

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DISPONE:

ArtÃculo 1º -- Incorpórase a la Planilla Anexa al ArtÃculo 1º de la Disposición Nº 500/98 (AFIP) al abogado Gustavo CERINIGNANA (Legajo Nº 42.505/75  D.N.I. Nº 25.726.345) facultándolo a ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en los juicios universales por deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social con los mismos alcances y efectos.

Art. 2

º -- RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. -- Angel R. Toninelli.

DIRECCION GENERAL IMPOSTIVA Disposición 243/2008

Designación de Representante del Fisco Nacional (AFIP) para actuar ante los tribunales del interior del paÃs.

Bs. As., 1/12/2008

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 11384-186-2008 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO y en virtud de las necesidades funcionales del área, la Dirección Regional JunÃn propone designar un nuevo representante del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para actuar en esa jurisdicción.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que la Subdirección General de Asuntos JurÃdicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los ArtÃculos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia:

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DISPONE:

ArtÃculo 1º -- DesÃgnase al abogado Gustavo CERINIGNANA (D.N.I. Nº 25.726.345  Legajo Nº 42.505/75), para que represente al FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) en los siguientes casos:

  1. En los juicios contra el FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) que se promuevan o se hayan promovido ante los Tribunales del Interior del PaÃs de cualquier fuero o instancia a raÃz de demandas o recursos contenciosos autorizados por las disposiciones legales que rigen los impuestos y las contribuciones previsionales, actualizaciones, multas, recargos, intereses, contribuciones y/o aportes sobre la nómina salarial y demás gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización sean responsabilidad de la Dirección General Impositiva.

  2. En los incidentes de...

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