Disposición 47/2023

Fecha de publicación27 Enero 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2023

VISTO el EX-2022-34241047- -APN-DNRYRT#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2022-1672-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 7/8 del IF-2022-57259030-APN-DGD#MT del EX-2022-34241047- -APN-DNRYRT#MT, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2743/22, celebrado por la UNIÒN DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA), y la CÁMARA ARGENTINA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DE COMEDORES Y REFRIGERIOS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 401/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las páginas 13/14 del IF-2022-57259030-APN-DGD#MT del EX-2022-34241047- -APN-DNRYRT#MT, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 2744/22, celebrado por la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA), y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE CATERING, SERVICIOS DE ALIMENTACION, COMEDORES PRIVADOS Y AFINES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 401/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico IF-2023-06140382-APN-DNRYRT#MT al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo...

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