Disposición 4398/2019

Fecha de publicación25 Noviembre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-101148843-APN-RENAPER#MI, la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1501 del 20 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, faculta a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a implementar sistemas y procedimientos identificatorios de registro y clasificación de la información relacionada con el potencial humano nacional, utilizando los elementos técnicos que considere más convenientes a fin de lograr mayor seguridad y eficiencia en las operatorias de captación de datos y archivos de los mismos.

Que el artículo 17, inciso b), de la citada Ley, establece que esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS tiene la responsabilidad de “(r)egistrar la inscripción de los nacimientos, matrimonios y fallecimientos, de acuerdo con las comunicaciones recibidas de las oficinas seccionales o consulares correspondientes,”.

Que por el artículo 1° del Decreto Nº 1501/09 se facultó a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a la utilización de tecnologías digitales para la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros y para la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI).

Que, por otra parte, de acuerdo con las políticas definidas por el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha continuado con el proceso de informatización de la operatoria de toma de trámites de DNI y Pasaporte Electrónico Argentino, llevando a todas las provincias del país y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el equipamiento y la asistencia técnica necesarios para su instrumentación.

Que las Direcciones Generales de los Registros del Estado Civil y Capacidad de las Personas de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunican a este Organismo, los matrimonios acontecidos y registrados en sus respectivas jurisdicciones, a través del Formulario N° 404 en formato papel.

Que esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS debe facilitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la carga vía digital del Formulario N° 404 con el objeto de agilizar dicha información y despapelizar el proceso de registración de matrimonios.

Que esta modalidad implicará una reducción, tanto del tiempo de...

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