Disposición Nº 297/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 26 de Febrero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
DISPOSICIÓN N.° 297/DGIUR/13
Buenos Aires, 26 de febrero de 2013
VISTO:
El Expediente N° 2.475.868/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Agencia de lotería", en el inmueble ubicado en la Av. Avellaneda N°
4002 esquina calle Mercedes, Planta Baja, con una superficie de 32,77m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito APH 53 "Floresta" (según
Ley N° 3507 del 22/07/2010) y el mismo no se encuentra Catalogado; los usos son los
correspondientes al Distrito de Zonificación R1bII;
Que la Supervisión Patrimonio Urbano, mediante Dictamen N° 312-DGIUR-2013,
indica que mediante Cédula de Notificación obrante a fs. 62 con fecha 4 de diciembre
de 2012, se le solicita al recurrente el retiro del cartel publicitario saliente y en caso de
requerir el visado de la publicidad presentar el Esquema adecuado a la normativa para
el Distrito APH 53;
Que en respuesta a lo solicitado en la Cédula, dicha Área Técnica informa que:
-
A fs. 66 el recurrente adjunta fotografía a color donde se constata el retiro del cartel
publicitario saliente.
-
A fs. 67 y sus copias a fs. 68, 69, 70 y 71 el recurrente incorpora Esquema de
Publicidad adecuado a la normativa;
Que del estudio técnico, el Área Técnica competente informa que:
-
El uso solicitado: "Agencias de lotería, Prode, etc.", no se encuentra permitido en el
Distrito de Zonificación R1bII.
-
A fs. 42 se constata que el rubro lotería se presenta como actividad secundaria.
-
En la Memoria obrante a fs. 7 el recurrente solicita que "...esta actividad fue
habilitada anteriormente para este mismo rubro. La nueva habilitación se debe al
cambio de titularidad de la actividad a cargo de un nuevo locatario";
Que la Dirección Operativa Grandes Proyectos Urbanos, mediante Dictamen N° 449-
DGIUR-2013, indica que el Parágrafo 5.4.12.53 "Distrito APH 53 - Floresta", establece:
"...5) Usos
5.2 Usos en inmuebles no catalogados: Los inmuebles del área no comprendidos en el
Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por el Cuadro
de Usos N° 5.2.1 del presente Código, correspondientes al Distrito de Zonificación
R1bII";
Que la actividad "Agencia de lotería, Prode, etc. Ley...
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