Disposición Nº 297/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 297/DGIUR/13

Buenos Aires, 26 de febrero de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2.475.868/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos "Agencia de lotería", en el inmueble ubicado en la Av. Avellaneda N°

4002 esquina calle Mercedes, Planta Baja, con una superficie de 32,77m2, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito APH 53 "Floresta" (según

Ley N° 3507 del 22/07/2010) y el mismo no se encuentra Catalogado; los usos son los

correspondientes al Distrito de Zonificación R1bII;

Que la Supervisión Patrimonio Urbano, mediante Dictamen N° 312-DGIUR-2013,

indica que mediante Cédula de Notificación obrante a fs. 62 con fecha 4 de diciembre

de 2012, se le solicita al recurrente el retiro del cartel publicitario saliente y en caso de

requerir el visado de la publicidad presentar el Esquema adecuado a la normativa para

el Distrito APH 53;

Que en respuesta a lo solicitado en la Cédula, dicha Área Técnica informa que:

  1. A fs. 66 el recurrente adjunta fotografía a color donde se constata el retiro del cartel

    publicitario saliente.

  2. A fs. 67 y sus copias a fs. 68, 69, 70 y 71 el recurrente incorpora Esquema de

    Publicidad adecuado a la normativa;

    Que del estudio técnico, el Área Técnica competente informa que:

  3. El uso solicitado: "Agencias de lotería, Prode, etc.", no se encuentra permitido en el

    Distrito de Zonificación R1bII.

  4. A fs. 42 se constata que el rubro lotería se presenta como actividad secundaria.

  5. En la Memoria obrante a fs. 7 el recurrente solicita que "...esta actividad fue

    habilitada anteriormente para este mismo rubro. La nueva habilitación se debe al

    cambio de titularidad de la actividad a cargo de un nuevo locatario";

    Que la Dirección Operativa Grandes Proyectos Urbanos, mediante Dictamen N° 449-

    DGIUR-2013, indica que el Parágrafo 5.4.12.53 "Distrito APH 53 - Floresta", establece:

    "...5) Usos

    5.2 Usos en inmuebles no catalogados: Los inmuebles del área no comprendidos en el

    Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por el Cuadro

    de Usos N° 5.2.1 del presente Código, correspondientes al Distrito de Zonificación

    R1bII";

    Que la actividad "Agencia de lotería, Prode, etc. Ley...

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