Disposición Nº 347/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 7 de Marzo de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
DISPOSICIÓN N.° 347/DGIUR/13
Buenos Aires, 7 de marzo de 2013
VISTO:
El Expediente N° 429.931/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
el uso: "Comercio minorista de Golosinas envasadas (quiosco) y todo lo comprendido
en la Ordenanza N° 33.266; Comercio minorista Maxiquiosco; Comercio minorista de
helados (s/elaboración); Comercio minorista de artículos de perfumería y tocador;
Artículos de limpieza", para el inmueble sito en la calle Joaquín V. González N° 212,
Planta Baja, con una superficie de 37,00 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 53 "Floresta" de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007. Los usos son los correspondientes al Distrito de Zonificación R1bII;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
765-DGIUR-2013, según el Cuadro de Usos 5.2.1 a) del Código de Planeamiento
Urbano, informa que
-
Los usos "Comercio minorista artículos de perfumería y tocador; Artículos de
limpieza", en el Distrito APH 53 solo es permitida en Edificio Existente h/200m2.
-
Los usos "Comercio minorista Maxiquiosco; Comercio minorista de helados
(s/elaboración)" los mismos se asimilan a los usos "Comercio minorista Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se
opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y
cigarrería", los cuales son permitidos solo para Edificio Existente h/200m2.
-
El uso "Quiosco" se encuentra permitido en el Distrito en cuestión;
Que se visa el Esquema de Toldo de fs. 1 y sus copias de fs. 4 y 5 dado que los
mismos son Permitidos en el Distrito APH 53;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que correspondería acceder
el visado de los usos "Comercio minorista Productos alimenticios y/o bebidas (excluido
feria, mercado, supermercado y...
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